La compañía Aunor pretendía subir el 100% del IPC, mientras que la CARM quería que sólo se subiese el 95% del índice
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso que la empresa Autovía del Noroeste (AUNOR), concesionaria de la autovía del Noroeste presentó contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) que no aceptó su demanda sobre actualización de tarifas para el año 2007.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que la Sala de lo Contencioso del TSJ, en su resolución de mayo de 2011, desestimó el recurso que la citada empresa presentó contra la orden de la Consejería de Economía y Hacienda de octubre de 2006 que no aprobó su propuesta de fijación de las nuevas tarifas.
En el recurso de casación que AUNOR presentó en el Supremo, alegó, entre otras consideraciones, que una sentencia anterior de la misma Sala del TSJ de Murcia se había pronunciado en un sentido contrario, por lo que el Alto Tribunal debía pronunciarse para unificar la doctrina al respecto.
La controversia entre la concesionaria y la administración regional se centró en que la primera entendía que para la actualización de tarifas se debía tener en cuenta el IPC, mientras que la Comunidad Autónoma consideraba que sólo debían subirse en el importe correspondiente al 95 por ciento.
El TS ha respaldado el criterio de la administración regional y ha condenado a AUNOR al pago de las costas, aunque limita a 3.000 euros la cantidad que como honorarios puede reclamar el abogado de la Comunidad Autónoma.

