El tribunal superior desestima el recurso de un ejecutivo al que echaron tras una trifulca con su superior
Llamar a la jefa "gilipollas" y lanzarse otras expresiones del mismo corte ofensivo son causa de despido, según la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia, que ha desestimado el recurso que el ejecutivo de una empresa presentó contra la resolución de un Juzgado que declaró procedente su cese.
La sentencia indica que las expresiones consideradas ofensivas lo son porque fueron pronunciadas por el despedido, al que se le supone un nivel de formación suficiente para conocer su significado vejatorio, ya que era el director del departamento de transporte de la empresa.
La Sala añade que la destinataria fue la directora comercial, superior jerárquica suya, que se había dirigido a él para hacerle un encargo, y a la que, además, expulsó del despacho.
"El conjunto de las expresiones vertidas -dice el TSJ- manifiesta una clara voluntad vejatoria, intimidatoria y de desprecio por las órdenes recibidas en el ejercicio de las funciones de la superior jerárquica y funcional, sin que concurra circunstancia alguna que pueda facilitar la degradación de la falta".







