El progenitor solicitó el permiso al renunciar la madre a ese derecho, algo que le negó el gerente del Hospital de Molina, donde trabajaba, dando paso a un litigio judicial
El padre tiene derecho a que le sea reconocido un permiso por acumulación de horas de lactancia, según la sentencia dictada por un Juzgado de lo Social de Murcia que ha adquirido firmeza al haber desestimado el Tribunal Superior de la Región (TSJ) el recurso que presentó el Servicio Murciano de Salud por razón de la cuantía.
La sentencia de la Sala de lo Social del TSJ indica que el Juzgado declaró como hechos probados que el demandante prestaba sus servicios como personal laboral fijo en el Hospital Vegal del Río Segura, y que el 5 de octubre de 2009 nació su hija.
Su esposa es abogada de profesión, y ambos acordaron compartir el periodo de maternidad, siendo ella la que disfrutó de las primera semanas, "decidiendo que el demandante disfrutara del resto, desde el 16 de noviembre de 2009 hasta el 24 de enero de 2010".
El padre solicitó al día siguiente de su reincorporación al trabajo, el 21 de octubre de 2009, una vez que disfrutó el periodo de paternidad, la acumulación de las horas de lactancia, mientras que su esposa presentó un escrito en el que declaraba que no iba a hacer uso de ese derecho.
El gerente del centro hospitalario no accedió a su petición, por lo que acudió al Juzgado de lo Social, que le dio la razón y le reconoció el derecho a percibir una indemnización de 1.513 euros "ya que, por razón de la edad de la hija, ya no podía disfrutar del permiso solicitado".
El Servicio Murciano de Salud recurrió la sentencia ante el TSJ, que ha desestimado su apelación porque la cuantía del mismo no llega a la mínima exigible para que un asunto pueda ser estudiado por el mismo.

