La demanda fue interpuesta por tres guías del Museo de Arte Contemporáneo de Cartagena
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso que la empresa Stendhal Museum Solutions presentó contra la sentencia de un Juzgado que la condenó por el despido improcedente de tres guías del Museo de Arte Moderno de Cartagena (MURAM).La sentencia, confirmada ahora por el TSJ, absolvió a la Consejería de Cultura y Turismo y a las empresas Atlas Servicios Empresariales y Alquibra, que también fueron demandadas por la trabajadoras despedidas.
La resolución judicial indica que el Juzgado de lo Social número Dos de Cartagena declaró improcedente estos despidos y condenó a Stendhal Museum Solutions a readmitir a las empleadas en las mismas condiciones en que venían prestando sus servicios o a indemnizar a dos de ellas con 4.000 euros y a la tercera con 6.300 euros.
La Sala de lo Social, al desestimar el recurso que presentó la firma condenada, indica que los contratos temporales que las trabajadoras mantenían con Alquibla se transformaron en fijos, lo que era conocido por la empresa que la sucedió, Atlas Servicios Empresariales.
Y añade que la tercera empresa, al hacerse cargo del servicio, conocía que debía subrogarse en los contratos de trabajos del personal que entonces trabajaba en el centro.
La Sala tampoco ha aceptado la pretensión de la apelante de que se aplicara el Real Decreto Ley de febrero de 2012, de medidas urgentes para la reformar del mercado laboral, en relación con los salarios de tramitación.
Los magistrados señalan que el mismo entró en vigor el 12 de ese mes, por lo que no puede ser aplicado con efectos retroactivos al uno de enero anterior, fecha en que la empresa asumió sus funciones.
La sentencia la condena a pagar 250 euros a cada uno de los abogados de las demandantes, en concepto de costas.







