La sentencia condenó de forma solidaria a Cruz Verde Servicios Sociosanitarios y al IMAS a optar entre la readmisión de la trabajadora o al pago de la indemnización correspondiente
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha desestimado el recurso que el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), de la Comunidad Autónoma, presentó contra la sentencia que la condenó por el despido improcedente de una psicóloga tras entrar en concurso de acreedores la empresa Cruz Verde.
La sentencia indica que el Juzgado de lo Social número Ocho de Murcia declaró como hechos probados que la demandante despedida suscribió un contrato de trabajo con Cruz Verde Servicios Sociosanitarios, S.L. y que en base al mismo prestó sus servicios en los Centros de Día del IMAS de Cieza y Abarán.
Al quedar extinguido el servicio en este último centro, la demandante continuó de manera exclusiva en el de Cieza, hasta que el uno de febrero de 2012 su directora le notificó un escrito de la Dirección General de Personas Mayores que la atención que se prestaba en varios centros había quedado interrumpida por parte de Cruz Verde, que, finalmente, entró en concurso de acreedores.
Desde ese día, la psicóloga no pudo desarrollar su labor, que pasó a ser desempeñada por funcionarios interinos del Instituto procedentes de otros centros, por lo que planteó una demanda por despido improcedente, que fue estimada por el Juzgado de lo Social.
La sentencia condenó de forma solidaria a Cruz Verde Servicios Sociosanitarios y al IMAS a optar entre la readmisión de la trabajadora o al pago de la indemnización correspondiente, resolución que fue recurrida por la segunda entidad citada ante la Sala de lo Social del TSJ.
Este tribunal no sólo ha desestimado el recurso, sino que ha condenado a este organismo de la Comunidad Autónoma al pago de 250 euros al letrado de la demandante en concepto de costas.







