La entidad se avino a anular la cláusula, pero no a devolver las cantidades con efecto retroactivo
Un juzgado de Bilbao ha condenado a Novagalicia Banco a devolver casi 12.000 euros a una pareja que contrató con ellos en septiembre de 2006 una hipoteca con cláusula 'suelo-techo'. Los demandantes solicitaron durante la vista del caso la declaración de nulidad "de pleno derecho" de dicha cláusula, que establecía que los intereses nunca fuesen superiores al 9,75 % (techo), ni inferiores al 3,25 % (suelo). También solicitaron el reintegro de las cantidades que "se hayan cobrado de más por la entidad en virtud de la aplicación de dicha cláusula nula, más el interés legal desde la fecha de su cobro".
Novagalicia Banco se avino a considerar la nulidad de la cláusula, tras la sentencia en este sentido emitida por el Tribunal Supremo el pasado 9 de mayo, pero se opuso a la devolución de las cantidades satisfechas por los demandantes. El titular del Juzgado número 1 de lo Mercantil de Bilbao, Marcos Bermúdez Ávila, ha fallado a favor de los demandantes y condenado al banco, nacido en 2011 de la fusión del negocio financiero de las cajas gallegas Caixa Galicia y Caixanova, a devolverles el dinero abonado, más los intereses correspondientes.
En su fallo favorable a los demandantes, el magistrado se acoge a la sentencia del Supremo que declaró nulas las cláusulas que ponen un límite a las rebajas de la hipoteca por bajada del euríbor en los casos en los que no hubiese suficiente transparencia, incluso si el cliente se hubiese beneficiado de ellas en algún periodo de vigencia del préstamo.
Novagalicia Banco se avino a considerar la nulidad de la cláusula, tras la sentencia en este sentido emitida por el Tribunal Supremo el pasado 9 de mayo, pero se opuso a la devolución de las cantidades satisfechas por los demandantes. El titular del Juzgado número 1 de lo Mercantil de Bilbao, Marcos Bermúdez Ávila, ha fallado a favor de los demandantes y condenado al banco, nacido en 2011 de la fusión del negocio financiero de las cajas gallegas Caixa Galicia y Caixanova, a devolverles el dinero abonado, más los intereses correspondientes.
En su fallo favorable a los demandantes, el magistrado se acoge a la sentencia del Supremo que declaró nulas las cláusulas que ponen un límite a las rebajas de la hipoteca por bajada del euríbor en los casos en los que no hubiese suficiente transparencia, incluso si el cliente se hubiese beneficiado de ellas en algún periodo de vigencia del préstamo.







