La sentencia confirma la decisión del juzgado que condenó a la empresa demandada a pagar la cantidad de 2.800 euros como principal y los intereses remuneratorios al tipo pactado.
La Audiencia Provincial de Murcia ha considerado abusivo el interés de demora del 25 por ciento de una operación de crédito de la sociedad anónima C.F., E.F.C., por lo que respalda la decisión de un juzgado de primera instancia que lo moderó a una cantidad no superior a 2,5 veces el interés legal del dinero.
La sentencia confirma la decisión del juzgado que condenó a la empresa demandada a pagar la cantidad de 2.800 euros como principal y los intereses remuneratorios al tipo pactado.
Además, fijó que los intereses de demora no podían ser superiores a las 2,5 veces de los legales vigente en la fecha de suscripción de la póliza, que eran del 5 por ciento.
La sala desestima así el recurso de la financiera, pero, por otra parte estima la impugnación de la demandada y anula la imposición del pago de las costas a la que fue condenada por el juzgado.







