La mediación plantea enormes ventajas en relación con la resolución jurisdiccional tradicional de los conflictos
![[Img #18714]](upload/img/periodico/img_18714.jpg)
Con la entrada en vigor de la Ley 5/12 de Mediación, se abre una nueva posibilidad (en consonancia por fin) con el resto de Europa de solventar nuestros conflictos a través de la mediación.
La mediación viene a dar respuesta a la demanda por parte de la sociedad de una justicia de calidad y ágil, adecuada a los tiempos en que vivimos; una justicia lenta y burocratizada no es una justicia efectiva.
La mediación plantea enormes ventajas en relación con la resolución jurisdiccional tradicional de los conflictos: se abaratan los costes, ya que no hay pago de tasas, ni de abogados, ni de procuradores; las partes (que siempre son las que más saben acerca del conflicto) encuentran una solución al mismo, basándose en el diálogo y en la confidencialidad ya que se queda en la sala las confesiones realizadas entre ambos. Y las partes no podrán aprovechar dicha información para un juicio posterior. Ni el mediador podrá ser llamado por el juez.
La solución al conflicto se da en un muy corto plazo de tiempo; y se preserva la relación entre las partes, es decir, las partes no se enfrentan ni se deteriora su confianza, muy al contrario la relación sale reforzada, no es lo mismo llevar a tu hermano, vecino, o empresa a un juzgado, que invitarlo a mediación, con la intención de llegar a un acuerdo.
En la mediación se encuentran soluciones imaginativas, imposibles de lograr en un juzgado; y por último los acuerdo alcanzados en mediación tienen carácter de cosa juzgada, pero al haber sido consensuado por las partes y no es una imposición, estos acuerdos se cumplen con mayor efectividad.
Merece la pena, aprovechar la oportunidad que la mediación nos ofrece de reinventarnos como gestores de nuestros propios conflictos (sin delegaciones), y al tiempo ahorrar tiempo y dinero en esta época de crisis que nos ha tocado vivir.


