La acusaron de haber perdido documentación que pudo traspapelarse por los terremotos
Los terremotos ocurridos en Lorca en mayo de 2011 han sido tenidos en cuenta por la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Región para confirmar la improcedencia del despido de la empleada de un despacho de abogados de esa ciudad.
La sentencia señala que la sociedad limitada M.A. acordó el despido disciplinario de esta auxiliar administrativa por transgresión de la buena fe contractual, abuso de confianza en el desempeño de su labor e incumplimiento de los deberes de lealtad, probidad y confianza.
Entre esos incumplimientos en los que se basó la representante del despacho de abogados para justificar el cese de la relación laboral se encontraba el relativo a la desaparición "de una serie de expedientes de M.A. cuya responsabilidad de organización y custodia recaía sobre ella".
Al desestimar el recurso, la sala indica que el edificio donde se encuentra el despacho fue uno de los afectados por los terremotos de Lorca, lo que ocasionó que la documentación de unos expedientes se mezclara con otros al caer al suelo.
"Por ello -comenta el TSJRM-, en su reorganización pudieron fácilmente mezclarse unos con otros, entre ellos, uno que afectaba a familiares de la propia trabajadora, lo que provoca serias dudas -por la contradicción que supone- sobre su autoría".
El tribunal, que tiene como ponente al magistrado José Luis Alonso, indica igualmente que la propia apelante, al comparecer en la comisaría de la Policía Nacional de Lorca en septiembre de 2011 manifestó que, "al haber observado que personas desconocidas habían podido entrar en su despacho sin su autorización, había cambiado varias veces la cerradura de entrada".
Al desestimar el recurso, el TSJRM confirma la sentencia dictada por un juzgado de lo social, que declaró improcedente el despido y condenó a la empresa a la readmisión de la trabajadora o a indemnizarla con 25.244 euros.
La sentencia señala que la sociedad limitada M.A. acordó el despido disciplinario de esta auxiliar administrativa por transgresión de la buena fe contractual, abuso de confianza en el desempeño de su labor e incumplimiento de los deberes de lealtad, probidad y confianza.
Entre esos incumplimientos en los que se basó la representante del despacho de abogados para justificar el cese de la relación laboral se encontraba el relativo a la desaparición "de una serie de expedientes de M.A. cuya responsabilidad de organización y custodia recaía sobre ella".
Al desestimar el recurso, la sala indica que el edificio donde se encuentra el despacho fue uno de los afectados por los terremotos de Lorca, lo que ocasionó que la documentación de unos expedientes se mezclara con otros al caer al suelo.
"Por ello -comenta el TSJRM-, en su reorganización pudieron fácilmente mezclarse unos con otros, entre ellos, uno que afectaba a familiares de la propia trabajadora, lo que provoca serias dudas -por la contradicción que supone- sobre su autoría".
El tribunal, que tiene como ponente al magistrado José Luis Alonso, indica igualmente que la propia apelante, al comparecer en la comisaría de la Policía Nacional de Lorca en septiembre de 2011 manifestó que, "al haber observado que personas desconocidas habían podido entrar en su despacho sin su autorización, había cambiado varias veces la cerradura de entrada".
Al desestimar el recurso, el TSJRM confirma la sentencia dictada por un juzgado de lo social, que declaró improcedente el despido y condenó a la empresa a la readmisión de la trabajadora o a indemnizarla con 25.244 euros.








