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ESTUDIO DE UCE

El 96% de las empresas incumple la Ley de Atención al Cliente

Redacción Martes, 18 de Octubre de 2011 Tiempo de lectura:

Números 902, interminables esperas y el uso de los contestadores automáticos, los principales incumplimientos

Algunas de las quejas más frecuentes presentadas en la Unión de Consumidores de Murcia se deben al incumplimiento de la Ley de Servicios de Atención al Cliente: prolongadas esperas al teléfono, cobro de la llamada y, en muchos casos, ningún tipo de atención.

UCE recuerda que el pasado 18 de marzo,  el Consejo de Ministro aprobó el anteproyecto de Ley de Servicios de Atención al Cliente para poner fin a la posición abusiva de muchas compañías en su relación con el cliente, al que someten a menudo a esperas interminables con chirriantes hilos musicales o inútiles contestadores automáticos.

En los últimos días UCE ha realizado un estudio para comprobar qué empresas cumplen con este Ley, y el resultado ha sido que en el sector de Bancos, sólo una entidad financiera cumple con el número 900. También incumplen esta normativa la mayoría de las grandes superficies. En ambos casos, los teléfonos de atención al cliente son 902, de tarificación adicional.

Otro incumplimiento por parte de estas empresas son las interminables esperas al teléfono ya que se establece que en el 90% de los casos, el tiempo entre la llamada del usuario y el de atención por parte del operador no debe ir más allá de 1 minuto. La normativa establece que debe eliminarse el contestador automático como medio exclusivo de atención a los usuarios, de modo que siempre debe existir una “atención personal directa”. Igual que dice que cada queja tendrá que ir identificada desde el primer momento con un “número de asignación” hasta que finalice la gestión. Asimismo, se establece el plazo máximo de un mes para solucionar los problemas mas graves.

Las compañías, según la Ley, tienen prohibido “generar ingresos adicionales” a través de estos servicios, por lo que no podrán realizar prácticas publicitarias mediante este número y no podrán realizar ofertas a sus usuarios. Igualmente, estarán obligadas a reflejar en las facturas el número de teléfono gratuito, y otros medios de contacto como correo de atención al cliente y dirección postal.

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