También deberán pagar 250 en concepto de costas
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso que la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) y la empresa Tragsatec presentaron contra la sentencia de un juzgado que declaró la condición como trabajadora indefinida de una titulada en derecho a la que habían contratado.
El juzgado de lo social declaró probado en su sentencia que esta trabajadora fue contratada por esa empresa con carácter temporal y que, desde el comienzo de esa relación, desarrolló todas sus funciones en el área jurídico-patrimonial de la CHS y dentro de sus dependencias.
Asimismo, la sentencia recogía que las tareas le eran encomendadas por la jefa del servicio, "que las distribuía entre el personal funcionario o el de la contrata", que se había suscrito con Tragsatec.
La Sala de lo Social del TSJRM ha confirmado la decisión del juzgado de lo social al ratificar que la relación de la trabajadora con los apelantes tiene carácter indefinido, y no temporal.
Al desestimar el recurso, la Sala condena a los recurrentes a pagar en concepto de costas 250 euros al abogado de la empleada.
El juzgado de lo social declaró probado en su sentencia que esta trabajadora fue contratada por esa empresa con carácter temporal y que, desde el comienzo de esa relación, desarrolló todas sus funciones en el área jurídico-patrimonial de la CHS y dentro de sus dependencias.
Asimismo, la sentencia recogía que las tareas le eran encomendadas por la jefa del servicio, "que las distribuía entre el personal funcionario o el de la contrata", que se había suscrito con Tragsatec.
La Sala de lo Social del TSJRM ha confirmado la decisión del juzgado de lo social al ratificar que la relación de la trabajadora con los apelantes tiene carácter indefinido, y no temporal.
Al desestimar el recurso, la Sala condena a los recurrentes a pagar en concepto de costas 250 euros al abogado de la empleada.







