Los tribunales desestiman un recurso de su titular, el ministerio de Cultura, para no tener que pagar al ayuntamiento el impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
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El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha desestimado el recurso del Ministerio de Educación y Cultura contra la sentencia de un juzgado de lo contencioso de Cartagena que no admitió su solicitud para que el Museo Nacional de Arqueología Subacuática (Arqua) no pagara el impuesto sobre bienes inmuebles.
La sentencia indica que el juzgado que primeramente entendió del asunto no admitió el recurso al entender que se refería a actos administrativos anteriores que tenían la consideración de "firmes y consentidos" por no haber sido recurridos en su momento.
En su recurso ante el TSJRM, el ministerio discrepaba de esa valoración e insistía en que, según la legislación vigente, tanto el museo como el Centro Nacional de Investigaciones Arqueológicas debían estar exentos del pago de ese tributo.
Igualmente, expuso que si no había recurrido las resoluciones que el juzgado consideraba firmes era porque no había recibido previamente la correspondiente notificación.
Al desestimar el recurso y condenar al ministerio al pago de las costas judiciales, la sala afirma que consta acreditado que hasta en tres ocasiones se intentó la notificación en la subdirección general de Bellas Artes y Bienes Culturales, lo que resultó infructuoso.





