Se trata de sendas multas de 30.000 y 40.000 euros para la sociedad rectora y para el director general
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha impuesto sanciones a la Sociedad Rectora del Mercado de Futuros del Aceite de Oliva (MFAO) y a su director general, José Luis Alonso, por "infracciones graves".
Así lo indica la Resolución de 12 de mayo de 2014 de la CNMV, que publica hoy el Boletín Oficial del Estado y recoge multas de 30.000 euros para el primer caso y 40.000 euros, para el segundo.
Sobre la Sociedad Rectora del Mercado de Futuros del Aceite de Oliva (MFAO), la CNMV le imputa la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 100, letra w), en relación con el artículo 83 ter.1.a), ambos de la Ley 24/1988 de 28 de julio, del Mercado de Valores por la realización de prácticas de manipulación de mercado, desde febrero de 2009 a noviembre de 2010.
Prácticas que, según añade, "proporcionaron indicios falsos o engañosos en cuanto a la oferta, la demanda o el precio", lo que deriva en la imposición de una multa de 15.000 euros.
Por otra parte, la CNMV imputa al MFAO la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 100 de la Ley 24/1988 de 28 de julio del Mercado de Valores "por el incumplimiento no meramente ocasional o aislado de las normas reguladoras del Mercado de Futuros del Aceite de Oliva".
Según detalla, el MFAO realizó "actividades prohibidas a las Sociedades Rectoras en virtud del artículo 59.4 de la LMV" e incumplió la Circular n.º 13/03 MFAO, de 17 de diciembre de 2003, sobre registro de aplicaciones, operaciones de traspaso y regularizaciones, y le impone una multa de 15.000 euros más.
En el caso del director general del MFAO, José Luis Alonso Fernández, la CNMV apunta que cometió infracción grave por la realización de las mismas prácticas imputadas a la Sociedad Rectora de manipulación de mercado -de febrero de 2009 a noviembre de 2010-, que "proporcionaron indicios falsos o engañosos en cuanto a la oferta, la demanda o el precio", y le multa con 20.000 euros.
Suma para Alonso otra multa de 20.000 euros por la misma infracción grave imputada al MFAO, por actividades prohibidas a las Sociedades Rectoras e incumplir la norma sobre registro de aplicaciones, operaciones de traspaso y regularizaciones.
Por otra parte, las resoluciones que imponen estas sanciones únicamente son firmes en vía administrativa, recuerda la Resolución, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer de los recursos que en su caso pudieran interponerse.


