Se condenó a readmitir al despedido o a pagarle una indemnización de 5.358 euros
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso que la empresa C.M.S. presentó contra la sentencia de un Juzgado que declaró improcedente el despido de un trabajador porque el contrato que aquélla tenía con Correos seguía vigente.
La sentencia confirma así la resolución judicial, que la condenó a readmitir al despedido o a pagarle una indemnización de 5.358 euros, más los salarios de tramitación.
El juez de lo Social declaró probado que este empleado prestaba servicios en la conducción del correo diario entre Murcia y Bacelona, realizado por la empresa en virtud del contrato que ésta mantenía con el servicio estatal de Correos. La sentencia, ahora confirmada por la Sala de lo Social, recogía también como probado que en el momento del despido, "el contrato seguía en vigor".
La resolución señalaba igualmente que el despedido llegó firmar un finiquito, aunque con posterioridad demandó a la empresa por despido improcedente.
El tribunal, al desestimar la apelación, comenta que ese finiquito "no tenía valor liberatorio, por haber existido vicio de la voluntad en la suscripción del mismo, concretamente, el error en cuanto a la concurrencia de la causa de terminación, pues la empresa ocultó al trabajador la continuidad del contrato con Correos".







