La apelante sufría un trastorno adaptativo que según el TSJRM no influyen en el desempeño de la actividad laboral
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso que la dependienta de una gasolinera presentó contra la sentencia de un Juzgado que le negó la incapacidad permanente que había reclamado porque aseguraba que estaba deprimida tras perder la falange de un dedo en accidente laboral.
La sentencia señala que el Juzgado de lo Social, en su resolución de febrero de 2013, declaró probado que la apelante sufría un trastorno adaptativo, con reacción depresiva prolongada, derivado de la amputación de una falange del tercer dedo de la mano derecha por un accidente laboral ocurrido en en el año 2006".
La sentencia, que ahora se ve ratificada por el TSJRM, recogía así mismo que esa situación se había visto "exacerbada" por la conflictividad familiar en la que se hallaba inmersa.
En su apelación ante la Sala de lo Social, la afectada pidió que se añadiera al relato de hechos probados que también padece abulia, apatía, ansiedad e insomnio, con tratamiento en un centro de salud mental, viéndose precisada a tomar "fármacos potentes a dosis altas".
Al rechazar el recurso, el tribunal comenta que esas patologías ya figuraban en la documentación tenida en cuenta por el Juzgado de lo Social.
"Por el momento -dice el TSJRM- no se ha acreditado que esas dolencias le impidan el desempeño de cualquier actividad laboral ni las propias de su trabajo habitual de dependienta de gasolinera, que no conllevan esfuerzos que causen un estrés incompatible con las mismas".


