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TRIBUNALES MURCIA

Una trabajadora de Defensa no cobrará el complemento por no estar aprobado por el convenio

Efe Viernes, 29 de Agosto de 2014 Tiempo de lectura:

El Juzgado de lo Social de Cartagena condenó al ministerio a pagar 6.881€ a la demandante por el complemento de alta responsabilidad

Una trabajadora del Ministerio de Defensa no tiene derecho a percibir un complemento por su puesto laboral porque el mismo no ha sido objeto de negociación colectivas en la Comisión de Seguimiento, Interpretación, Vigilancia y Aplicación del convenio, según se recoge en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM).


La sentencia estima así el recurso que Defensa presentó contra la resolución de un Juzgado de lo Social de Cartagena (Murcia) que condenó al ministerio a pagar 6.881 euros a la demandante por el complemento de alta responsabilidad, correspondiente a los años 2003 a 2009.

El juez, en la sentencia que ahora se ve revocada, determinó que se había acreditado que la demandante, técnico superior de gestión y servicios comunes, tenía derecho al complemento por haber realizado de forma continuada durante ese periodo funciones de especial responsabilidad y complejidad técnica.

Al analizar el convenio colectivo, la Sala de lo Social comenta que "aparece claramente querido por los negociadores del mismo que al complemento singular solo serán acreedores aquellos trabajadores que desempeñen un puesto de trabajo al que previamente se le haya reconocido esa condición de singular por la Comisión de Seguimiento".

Y añade que "no se constata que esta Comisión hubiese incluido el complemento reclamado dentro del puesto de trabajo de la demandante y de la actividad desarrollada en el mismo, por lo que no puede accederse a su pretensión".

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