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LABORAL

El Supremo reabre la causa contra los dueños de Valeo

Redacción Miércoles, 10 de Diciembre de 2014 Tiempo de lectura:

La empresa no llegó a pagar a los trabajadores ni la mitad de lo pactado por extinguir sus contratos para cerrar la fábrica

[Img #31029]El Tribunal Supremo (TS) ha estimado el recurso presentado por más de cien empleados de la antigua empresa Valeo España y anulado el archivo de las actuaciones seguidas contra sus dueños como presuntos autores de un delito contra los derechos de los trabajadores acordado por la Audiencia Provincial de Murcia.

 

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que, en contra del criterio de la Audiencia, los hechos denunciados por los querellantes no habían prescrito, por lo que este tribunal deberá reabrir la causa y seguir con la tramitación del procedimiento.

 

Señala el Alto Tribunal que la empresa Valeo España tenía dos centros, uno de ellos, ubicado en Fuenlabrada (Madrid), que fabricaba embragues para vehículos en serie, y otro en Murcia, que los hacía para vehículos industriales.

 

En noviembre de 1993, la empresa notificó a la Dirección Provincial de Trabajo de Murcia su intención de tramitar un expediente de regulación de empleo que afectaría a toda la plantilla de la factoría ubicada en el barrio murciano de El Ranero.

 

Sin embargo, no llegó a ejecutarlo, "dado que estaban haciendo gestiones para constituir una sociedad a la que venderla, con ánimo de desembarazarse del centro de trabajo de Murcia y protegerse de las reclamaciones laborales, liquidando así la empresa con el menor coste posible por dicho concepto".

 

Al mes siguiente se acordaba constituir una sociedad de responsabilidad limitada con el nombre de Metalúrgica del Sureste, cuyos accionistas eran Valeo España y el acusado Luis E.E., que se subrogó en los contratos de trabajo.

 

Tras diversas actuaciones de los trabajadores, incluida una huelga indefinida, se alcanzó el compromiso de los empresarios a través de la conciliación celebrada en un juzgado de trabajo de que abonarían a los trabajadores un total de 2.074 millones de las antiguas pesetas por la extinción de sus contratos.

 

Sin embargo, los empleados no llegaron a percibir ni la mitad de esa cantidad, lo que fue calificado por el fiscal como constitutivo de un delito contra los derechos de los trabajadores o, alternativamente, como un delito de esa naturaleza en concurso con otro de simulación de contrato en perjuicio de terceros.

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