El Tribunal no confirma si se quedaba o no con el dinero, pero da por probado que actuó de mala fe
Simular la devolución de prendas en el comercio donde se trabaja como dependienta, aunque no se demuestre si se apoderó de su importe, constituye una falta muy grave que justifica el despido, según se recoge en una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJRM).
La sentencia de la Sala de lo Social desestima así el recurso que la trabajadora presentó contra la resolución de un juzgado de lo social de Cartagena que declaró procedente el despido, sin derecho a indemnización.
El juzgado recogió en el relato de hechos probados que hizo las simulaciones en dos ocasiones en septiembre de 2012 y unos días después, ante las sospechas que había levantado en la dueña, otra empleada adquirió unos pantalones y dejó en caja el recibo de compra.
"Al día siguiente, cuando la despedida estaba sola en la tienda", añadía el juez, "tramitó la devolución del artículo, sin que hubiese sido devuelto de forma efectiva".
Al desestimar la apelación, el TSJRM comenta que su comportamiento supone "el incumplimiento de las reglas establecidas por la empresa con el fin de controlar la real devolución de prendas".
Señala también que su actitud quedó al descubierto con la compra del pantalón por otra empleada, "que lo conservó en su poder y que, por tanto, hacía imposible la simulación efectuada por la demandante".
La sentencia concluye que una sola actuación de este tipo sería suficiente para justificar el despido por motivos disciplinarios, por la transgresión de la buena fe contractual y la pérdida de confianza.







