Carrillo Asesores recomienda demandar antes de que se cumplan los cuatro años desde que salieran a la venta las acciones
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Muchos pequeños ahorradores compraron acciones de Bankia en el año 2011 en un contexto que, en teoría y según la entidad, era favorable para su salida a bolsa. En el folleto informativo que se entregó a los clientes en las sucursales de Bankia, la entidad estimaba unos beneficios de más de 300 millones de euros. La realidad fue bien distinta y las pérdidas fueron de más de 3.000 millones de euros. Un batacazo para los pequeños inversores.
La buena noticia es que, según varias sentencias de los Tribunales, los afectados tienen derecho a que les devuelvan el importe invertido “por considerar que la información facilitada por Bankia para comercializar sus acciones fue inexacta e incorrecta en aspectos relevantes. Se cuestiona por lo tanto la validez del consentimiento prestado por esos pequeños ahorradores en base a un folleto que no cumplía con la legislación del Mercado de Valores”, explica Pedro Lacal, del despacho Carrillo Asesores Tributarios y Abogados.
Los accionistas afectados deben por lo tanto saber que “además del importe que invirtieron, Bankia deberá también asumir los intereses correspondientes a dicha cantidad, que tras cuatro años pueden estar en torno al 20%, y las costas del procedimiento”.
Desde Carrillo hacen especial hincapié en la importancia de interponer la demanda antes del 19 de julio de 2015. El motivo de que exista una fecha concreta es que “las acciones de nulidad deben interponerse en un plazo de cuatro años. Es complicado definir cuál será la fecha que deba tomarse como inicio oficial de este caso, pero para evitar problemas y asegurar el éxito de la acción tomamos como punto de partida julio de 2011, fecha en la que se realizó la oferta de venta de acciones”.
Cómo consiguió Bankia vender tantas acciones a sus clientes
Para remontarnos a los orígenes de este feo capítulo bancario, debemos volver a julio del 2011, fecha en la que Bankia realizó una Oferta Pública de Venta de Acciones (OPV), emitiendo al mercado la cantidad de 3.300 millones de euros en acciones de la propia entidad.
Tal y como es habitual en estos casos, la OPV se realizó con gran despliegue de medios informativos y con la activa participación de las sucursales de la entidad (la antigua Caja Madrid) como puntos de venta hacia sus clientes finales.
“Dadas las características de la emisión de acciones Bankia -importe máximo de la inversión, precio de la acción, etc.- es evidente que el público objetivo eran los pequeños ahorradores, a quienes no se les suponen especiales conocimientos ni experiencia en la contratación de productos financieros”, explica Pedro Lacal de Carrillo. “Precisamente esta característica obligaba a Bankia, como sucede en el resto de países de nuestro entorno, a que hubiera un folleto informativo elaborado por la propia entidad y supervisado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores”.
Sobre el contenido de dicho documento se han pronunciado los Tribunales, manifestando irregularidades (preveían beneficios para el ejercicio 2011 de algo más de 300 millones de euros y terminaron con unas pérdidas de 3.000 millones de euros) y que la información económica financiera contable divulgada al público resultó inexacta e incorrecta.
“Este punto plantea la posibilidad de que el contrato firmado entre pequeños inversores y Bankia se considere nulo. En tal caso, las partes restituirían recíprocamente las prestaciones recibidas, es decir, Bankia devuelve a sus clientes el importe invertido en la OPV y los clientes devuelven sus títulos de las acciones”, concluye Lacal.

