Será el próximo 20 de octubre en el hotel Pío XII, en donde se les explicará la última sentencia del Tribunal Supremo ganada por este despacho, que ha permitido recuperar a un propietario 50.000 euros
![[Img #38670]](upload/img/periodico/img_38670.jpg)
El bufete murciano ‘Meoro Avilés Abogados’ ofrecerá el próximo martes 20 de octubre a las 12 horas en el salón de actos del hotel Pío XII de Jumilla -C/Ortega y Gasset, 12- una charla informativa dirigida a los compradores de la promoción fallida Jumilla Golf.
Este acto permitirá a un grupo de expertos en derecho mercantil y con una dilatada experiencia en concursos de acreedores explicar la última sentencia del Tribunal Supremo (TS), que ha permitido a un propietario de una vivienda en este complejo residencial recuperar cerca de 50.000 euros. De modo que esta charla está orientada específicamente a los perjudicados de las empresas promotoras Herrada del Tollo y San José Inversiones.
La sentencia del alto tribunal permite cobrar los avales bancarios por los acreedores que votaron a favor del convenio de Herrada del Tollo por la promoción de Santa Ana del Monte, pese haberse resuelto los contratos con posterioridad al concurso de acreedores. Circunstancias que, hasta la fecha, habían impedido el éxito de las reclamaciones judiciales de los avales.
El TS condenó a uno de los avalistas, la Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunidad Valenciana, a la restitución de las cantidades afincadas. Todo, pese a que los compradores beneficiarios hayan resuelto sus contratos fuera del concurso de acreedores o se adhirieran al convenio concursal por el que se le daba prórroga para el pago de sus deudas.
Esta sentencia ha sido ganada por el letrado murciano Carlos Meoro, del bufete Meoro Avilés Abogados. La historia se remonta a diciembre de 2006 cuando el ayuntamiento de Jumilla aprobaba en pleno una urbanización con 15.000 chalets y dos campos de golf. Esta ocupaba parte de las 30 hectáreas propiedad del pastor Pascual Carrión y donde pastaban sus ovejas.
A su juicio, “esta resolución es de especial relevancia en favor de los compradores de viviendas sobre plano pues, hasta la fecha, se han desestimado los recursos interpuestos por Banco Popular Español, la Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunidad Valenciana y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia”, señaló.
“Por lo que, a día de hoy, podemos recuperar las cantidades entregadas a cuenta exista o no aval, se haya adherido o no al convenio, y haya o no resuelto el contrato de compraventa el acreedor”, explicó.
“Sin embargo, es esencial prestar especial atención a otras circunstancias tales como el cómo, cuándo y dónde ingresó cada comprador sus pagos a cuenta, a fin de esclarecer qué entidades son las responsables de su devolución”, matizó.
“Ante el fatídico panorama concursal de la crisis empresarial, más incisiva en el sector de la construcción y promoción inmobiliaria, ha alcanzado una reciente y exitosa vía de cobro en la recuperación de los créditos a favor de los compradores afectados por el concurso de Herrada del Tollo, tras haber ganado. nuestro despacho la reciente sentencia número 434, con fecha 23 de julio de 2015”, argumentó Meoro.
Paralelamente, recordó que el pasado 23 de septiembre el alto tribunal volvió a reiterar mediante sentencia que “no es necesario tener emitido un aval individual para poder reclamar la devolución de la entregas a cuenta, sino que operan las pólizas generales de las avalistas de la promotora concursada, en este caso de Herrada del Tollo”, aclaró.
Para más información y reservar plaza en el salón de actos del hotel Pío XII, se ruega enviar un correo electrónico con los datos personales de cada comprador a [email protected].







