Los magistrados consideran que las ‘maniobras’ del empleado no perjudicaron a la empresa
El Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por una caja de ahorros contra la sentencia de un Juzgado que declaró improcedente el despido del director de una de sus oficinas porque las irregularidades que le atribuyeron no constituían una falta muy grave y, además, no había perjudicado a la entidad.
La sentencia de la Sala de lo Social del TSJ, a la que ha tenido acceso Efe, indica que los movimientos supuestamente irregularidades realizados en la cuenta de un cliente contaban con su autorización, como este declaró en un documento notarial.
El TSJ, al desestimar el recurso, confirma el fallo de la primera sentencia, que declaró improcedente el despido y condenó a la entidad bancaria a readmitir a este director o a pagarle una indemnización de 48.000 euros.
La sentencia añade que la caja de ahorros optó por la extinción laboral, obligándose así al pago de la citada suma.

