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AMENAZAS

Los estanqueros denuncian una caza de brujas por parte de Hacienda

Redacción Lunes, 18 de Julio de 2016 Tiempo de lectura:

Sanciones de hasta 120.000 euros por hacer estadísticas para las marcas o regalar encendedores

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El ministerio de Hacienda, a través del Comisionado para el Mercado de Tabacos, ha iniciado una campaña sancionadora dirigida contra los estancos, promoviendo la apertura de expedientes y de multas por infracciones muy graves que rondan los 120.000 euros.

 

Esta campaña sancionadora encuentra su precedente inmediato en la Circular 1/2015, de 11 de noviembre, del Comisionado para el Mercado de Tabacos por la que se delimita “el alcance y contenido de determinadas actividades promocionales” (BOE 20 de noviembre de 2015), dictada “en aras de salvaguardar los principios de igualdad y de neutralidad en la red minorista, prohíbe expresamente la actividad promocional de labores de tabaco destinada a los expendedores y titulares de autorización de punto de venta con recargo”.

 

Uno de los supuestos que se vienen persiguiendo como objeto de sanción, es la existencia de contratos entre los expendedores y las empresas tabaqueras, en cuya virtud éstas últimas vendrían abonando un importe anual –variable, y generalmente rozando lo simbólico- a cambio de información periódica sobre la evolución de la venta de sus productos. También se ha sancionado a estanqueros por regalar algún encendedor, por ejemplo.


Los datos hablan por sí mismos, pues, conforme a los propios Informes del Comisionado, durante el primer trimestre del año en curso los expedientes iniciados a las expendedurías han tenido un crecimiento del 40,30% con respecto al año 2015. Especialmente espectacular resulta el dato correspondiente al mes de enero de 2016, pues el crecimiento respecto al mismo mes del año anterior ascendió a un 750%.

 

Según informan los propios estanqueros, más allá de la absoluta desproporción de las sanciones que se vienen imponiendo, la realidad de los expedientes en curso pone de manifiesto que los mismos padecen carencias graves en materia de prueba de cargo acreditativa de la existencia efectiva de una conducta infractora en el caso concreto y, de otra parte, revela la vulneración de derechos fundamentales de los expedientados-sancionados; pues el procedimiento se tramita y resuelve sin respetar, ni desvirtuar con prueba suficiente, la presunción de inocencia y aplicando una suerte de responsabilidad objetiva, prescindiendo del esencial principio de culpabilidad, como afirma por Carlos Conesa Fontes, socio de Iberforo Murcia Abogados, con amplia experiencia en la defensa de los derechos de los estanqueros frente a la administración.

 

Los estanqueros afectados pueden solicitar información ampliada sobre esta cuestión poniéndose en contacto con Iberforo Murcia Abogados, S.L.P., a través de la dirección de correo [email protected], o contactando a través del teléfono del despacho, 968-21-23-60.

 

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