La sentencia obliga a los ‘autoconsumidores’ de energía fotovoltaica a estar conectados a la red
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El Tribunal Constitucional (TC) ha estimado el recurso presentado por el Gobierno de la nación y ha anulado una ley de la Asamblea Regional de Murcia de marzo de 2015 por la que se añadía un artículo a otra disposición de 2006 para regular lo relativo al autoconsumo eléctrico. Esta disposición dejaba sin efecto la obligación de los productores de energía renovables para autoconsumo de estar conectados a la red eléctrica y, por tanto, pagar el mantenimiento de la red.
La sentencia señala que el parlamento regional, con ese artículo, invadió competencias que pertenecen al Estado, por lo que el mismo se deja sin efecto.
El recurso interpuesto en nombre del gobierno por la Abogacía del Estado aseguraba que ley impugnada suponía rebasar las competencias de la Comunidad Autónoma, ya que la definición de las instalaciones de autoconsumo de energía y la regulación de su régimen económico, como hacía el artículo en cuestión, correspondía en exclusiva al Estado con carácter básico, de conformidad con la Constitución.
El TC ha estimado el recurso y, en consecuencia, ha dejado sin efecto el apartado de la nueva ley que regula los aspectos combatidos.

