Corrupción política, y la otra
La actualidad impone estos días el debate sobre los temas judiciales, de corrupción, etc., que afectan a personalidades políticas.
Los tribunales dictaminarán y las fuerzas políticas desempeñarán su papel. Se cumplirán o reinterpretarán los pactos firmados. Confiemos en que todo vaya rápido –lo que constituiría una sorpresa, por otra parte– y el escenario político se tranquilice, que es lo que le conviene a la Región, y a nosotros como ciudadanos.
Dicho esto, y en el plano estrictamente teórico, de un tiempo a esta parte se ha abierto camino un concepto nuevo (probablemente fabricado por algún think tank), que es el de la corrupción política, como variante o subclase dentro de la corrupción común, o vulgar.
La corrupción política, interpretamos que es aquella en la que interviene un político, y además se refiere a un conjunto de delitos muy feos: cohecho, malversación, delitos electorales, aprovechamiento obsceno del cargo y los recursos públicos para intereses personales, tráfico de influencias, etc. Esta es la corrupción top, y solo esta es la que obligaría al cargo de que se trate, a abandonar su puesto ipso facto.
Luego está la corrupción no política, la administrativa (como de segunda B), que se refiere probablemente a actuaciones laxas –de un político y de funcionarios- en el ejercicio de las funciones públicas: falsedades en documentos públicos, prevaricación en la gestión e impulso de expedientes, adjudicaciones irregulares, etc., No sé, seguro que algún supuesto más.
Pero el Código Penal no distingue. Y me creo que la gente tampoco. Son todos delitos cometidos por autoridades (y/o funcionarios) que castigan sin clasificación alguna, actuaciones que van contra los intereses públicos, que esa persona es la primera que tiene que preservar y proteger.
Por eso digo que serán culpables o inocentes, pero la distinción esta de corrupción política y la otra me parece simplemente una construcción táctica, una especie de juego de palabras. Un argumento socorrido.
Y serán culpables o inocentes en algún momento a efectos penales. Y tendrán que dimitir en algún momento, en el procesal oportuno, Pero no puedo dejar de mirar una foto en la que, con fecha 4 de Febrero de 2013, la prensa británica publica la noticia de que un ministro británico dimite por mentir sobre una multa de tráfico.
It's not the same…





















