Protección de datos
“Patriotismo es cuando el amor por tu propio pueblo es lo primero; nacionalismo, cuando el odio por los demás es lo primero.” - Charles de Gaulle
En 1999 se publicó la actual ley española sobre protección de datos de carácter personal. La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. (Texto consolidado. Última modificación: 5 de marzo de 2011).Tras éste reglamento aún en vigor, el Reglamento Europeo de Protección de Datos, también conocido como Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) o General Data Protection Regulation (GDPR), anuncia el cambio más significativo en los últimos años, a nivel europeo y mundial, en la legislación de protección de datos. Todas aquellas organizaciones que dispongan de información personal de residentes en la Unión Europea deben adaptarse a la nueva legislación en materia de procesamiento de datos, seguridad de la información, cumplimiento de las normas y relaciones contractuales, antes del 25 de mayo de 2018.
Es importante que las empresas y organizaciones lo pongan en marcha antes de la fecha citada ya que, ignorar el Reglamento o no cumplirlo correctamente, puede acarrear grandes sanciones: multas de hasta 20 millones de euros o hasta un 4% de los ingresos globales de la organización. Además, puede dañar seriamente la reputación corporativa.
La Agencia Española de Protección de Datos pone al servicio del usuario información relevante acerca del mismo: http://www.agpd.es/portalwebAGPD/revista_prensa/revista_prensa/2017/notas_prensa/news/2017_01_26_01-ides-idphp.php
No me quiero extender en las consecuencias de no cumplirlo, pero conviene tenerlo en cuenta ya. Esto parece lejano, pero la fecha de 25 de mayo de 2018, está ya aquí.
Este reglamento y el cumplimiento de Esquema Nacional de Seguridad nos guiarán a las empresas de servicios durante 2018.





















