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SENTENCIA

Sanción de 16 días de empleo y sueldo por no usar protectores de oído en el trabajo

Redacción Jueves, 26 de Octubre de 2017 Tiempo de lectura:

El TSJ ratifica una sentencia de un Juzgado de lo Social de Cartagena contra un sindicalista

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso que un delegado sindical de una empresa química presentó contra la sentencia de un Juzgado de lo Social de Cartagena que respaldó la suspensión de 16 días de empleo y sueldo que le fue impuesta por incumplir la orden de colocarse protectores auditivos.

 

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que, en su caso, el cumplimiento de ese deber era más obligado porque el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) lo había declarado con anterioridad afecto a lesiones permanente no incapacitantes por hipoacusia.

 

La resolución del Juzgado de lo Social declaró probado que la empresa le impuso la sanción, que le fue comunicada en noviembre de 2015, por incumplir en dos ocasiones normas de prevención de riesgos laborales, lo que suponía poner en riesgo su salud.

 

Así mismo recogía que en las instalaciones de la empresa estaban colocados carteles que advertían de que era obligatorio el uso de protectores auditivos, y que incluso las cámaras de vigilancia captaron su imagen al lado de uno de esos avisos.

 

En su recurso ante el TSJ, el trabajador sancionado expuso, entre otras consideraciones, que había sufrido un trato desigual con respecto a un compañero, que por el mismo motivo había sido sancionado solo con una amonestación por escrito.

 

Sobre este extremo en concreto, dice el TSJ que esa sanción fue menor porque el incumplimiento del deber de colocarse los citados protectores se produjo solo un día, y no dos, como había sido el caso del demandante.

 

Además, señala que este venía obligado a cumplir la orden con un plus mayor porque al no acatarla podía suponer el agravamiento de la hipoacusia que tenía diagnosticada.

 

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