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Opinión |
Lunes, 30 de Octubre de 2017

Sobre diálogos (I)

Entre la abundante literatura, de diverso alcance y variados géneros, que está suscitando la sublevación contra el orden constitucional que se viene perpetrando en Cataluña, me sorprende sobremanera el tratamiento de la cuestión del “diálogo” entre las instituciones legítimas del Estado y los sublevados. En efecto, así como aprecio que la necesidad de restablecimiento de la legalidad no encuentra excepciones significativas en el planteamiento de los distintos grupos políticos y mediáticos -salvo los más radicalizados-, tengo para mí que se ha instalado, tanto en la escena política como en la opinión pública, una peligrosa falsificación del ideal del diálogo, que prácticamente no encuentra contestación eficaz. Veamos.


La oferta de diálogo ante la verificación de un atentado grave a la legalidad, cualesquiera que sean su naturaleza y alcance, puede, por lo que ahora interesa, adoptar dos fisonomías distintas. La primera consistiría en ofrecer diálogo con el objetivo inmediato y directo de que los sublevados retornasen a la legalidad. En este caso, el diálogo es cualificadamente inmoral y deslegitimador de las instituciones públicas que lo ofrecen, porque el Estado es el garante último -e incondicional- de la vigencia del Estado de Derecho y este ofrecimiento humilla especialmente a este (lo que, en una democracia, significa humillar a todo el pueblo, del que emana, con variable grado de inmediatez, el ordenamiento jurídico), ofreciendo un incentivo para acomodar la conducta a la legalidad, que no se ofrece al común de los españoles, pues constituye uno de los más cívicos deberes de los individuos en sociedad. Evidentemente, estos efectos se reduplican cuando el incumplidor no es un sujeto particular -individual o colectivo-, sino otro poder público, pues sus instituciones son fuentes y aplicadoras muy cualificadas del Derecho y, por ello, también el compromiso en orden a su defensa debe ser especialmente militante. No en vano, la responsabilidad de los poderes públicos en la efectiva afirmación de los principios constitucionales es, como transparenta claramente el art. 9 de la Constitución, muy superior a la de los ciudadanos, respecto de los que, como es natural, se predica únicamente su sometimiento al ordenamiento.


Esta última circunstancia explica, en buena medida, el reciente florecimiento (hasta ahora puramente testimonial) de actitudes de rebeldía o desobediencia por parte de individuos, respecto de las obligaciones jurídicas ordinarias que se les imponen (fiscales, pago de cánones de acceso a autopistas, etc.). En algunos casos, estos publicitan, además, su conducta, precisamente como desafío a una legalidad que entienden deslegitimada, y que imponen o administran unos poderes públicos que abdican de su cumplimiento con deleznable selectividad. Caso de no reconducirse o, al contrario, de generalizarse, tales actitudes suponen un considerable peligro para el Estado de Derecho y la paz social, de una gravedad paralela a las de los corruptos poderes públicos que las alimentan, y ponen a España en serio peligro de consolidar el incipiente modelo de “Estado fallido” hacia el que parece precipitarse.


De este tipo es, desde luego, la negociación que puntualmente han ofrecido los sediciosos catalanes. Pero, por omisión o acción, es también la que podría entenderse manifestada por el Estado. En efecto, por omisión, porque cuando desde variadas instancias políticas, intelectuales o mediáticas se hacen invocaciones al diálogo, sin más condiciones, una comprensible inercia interpretativa permite concluir que es ésta la modalidad que se patrocina. Pero por acción también, porque, lamentablemente, el propio Estado se acredita como experimentado en este tipo de ofrecimientos al diálogo, como fue el caso de las negociaciones con la ETA por parte del Ejecutivo del Presidente Zapatero a partir de 2004. A pesar de la pretensión del mensaje gubernamental (“negociamos con la ETA una vez que ha abandonado inequívocamente la violencia terrorista”), en verdad, la banda no había dejado de asesinar como consecuencia de un planteamiento expreso de acomodación a las reglas del Estado de Derecho, sino por pura debilidad, consecuencia de la eficaz y perseverante actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Pero de esa debilidad podría muy bien haberse repuesto en cualquier momento. La realidad fue, pues, que el Estado (de Derecho) concedió beneficios a ETA y a su entorno a cambio de no atentar más. Ello condujo -es oportuno recordarlo- a una escalada de degradación de la convivencia cívica y del entendimiento entre partidos que, salpicada de purgas a políticos leales y de progresivas concesiones al entorno terrorista, produjo una enorme humillación a las víctimas del terrorismo, cuyas heridas no habrán terminado seguramente de cicatrizar.


En resumen, por las razones expuestas, este es el más perverso e intolerable de los ofrecimientos de diálogo en contextos de contravención grave del orden jurídico, al que un Estado de Derecho jamás puede acceder. En él falta , en suma, el presupuesto ético y jurídico fundamental: el respeto a las reglas del juego. Como señalaba recientemente un político patrio, recordando a Habermas: “la democracia deliberativa exige unos requisitos previos. Sin un respeto acordado a las reglas del juego, el diálogo carece de garantías”. (seguirá)

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