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Opinión |
Martes, 25 de Septiembre de 2018

La Seguridad Social obliga a los autónomos a realizar cualquier gestión con ella, 'telemáticamente'

Con el objetivo de sumarse a la digitalización y la nuevas tecnologías,  cualquier persona física dada de alta en el Régimen de la Seguridad Social de Autónomos, desde el 1 de octubre de 2018, deberá  gestionar por vía electrónica los trámites de afiliación, cotización y recaudación y recepción de notificaciones de la TGSS.

 

Por ello, (a través de la OM ESS/214/2018,   de 1  de  marzo) para el colectivo de trabajadores  autónomos (ya tengan una actividad profesional, empresarial, artística… incluso para administradores de sociedades en régimen de autónomos), tendrán que gestionar todos los trámites con la Seguridad Social de forma telemática (en la sede electrónica de la TGSS), incluso la recepción de las notificaciones de los actos administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social. (Es decir cualquier carta o comunicación a recibir, será por medio de la web de la Seguridad Social, no recibiendo ya ningún correo ordinario o carta certificada).

 

Por ello, el autónomo deberá contar con un certificado de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y gestionar dicho certificado validado por la Agencia Tributaria, para poder acceder a las notificaciones electrónicas de la Seguridad Social, lo que implica también el recibir también cualquier notificación de Hacienda, por la sede electrónica de la AEAT.

 

Por lo tanto, si Vd. está encuadrado en el régimen de autónomos de la Seg. Social, deberá Vd. en primer lugar obtener y tramitar el alta del certificado de la FNMT  y firma en la Agencia Tributaria, seguidamente cada semana deberá entrar en la sede electrónica de ambas administradores (Seg. Social y Hacienda) y comprobar si tiene notificaciones electrónicas, ya que si no las descarga se entenderán notificadas pasados unos días, pudiendo generar liquidaciones, sanciones y sin poder contestar a dichas notificaciones por haberse agotado el plazo para ello.


Con esta medida, pueden quedar notificaciones o actos administrativos sin contestar, con las consecuencias que se pueden derivar, lo que obliga ya a cualquier autónomo tener un ordenador,  acceso a internet, y a ciertos conocimientos informáticos para poder hacer dichas gestiones. Si es cierto que muchos despachos de asesorías y consultorías están habilitando el control y recepción de dichas notificaciones con el fin de facilitar la gestión al autónomo, como nuestra firma ‘Carrillo Asesores’ que se ha sumado a ofrecer este servicio a todos sus clientes.

 

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