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REPORTAJE

Quiénes deben de publicar en el BORME

Cualquier empresa que tenga carácter mercantil debe estar inscrita en el BORME y cumplir con sus normativas, como con las publicaciones

MurciaEconomía Miércoles, 26 de Diciembre de 2018 Tiempo de lectura:

 

El Boletín Oficial del Registro Mercantil, BORME, es básicamente el diario oficial donde todas las entidades mercantiles y comerciales de nuestro país deben publicar. Este tipo de datos está disponible para todas las personas que quieran obtener información sobre cualquier empresa que esté inscrita.


¿Cuál es su uso principal? Poder centrar todos los datos de las distintas compañías y/o organizaciones que estén inscritas en este Registro Mercantil, debido a que es el objetivo principal de la propia institución administrativa.


Se debe publicar en el borme todos los anuncios que hagan referencia a distintas fusiones, juntas generales, reducciones o ampliaciones de capital, transformaciones, entre otras cosas. Siempre y cuando tengan que ver con los diferentes actos jurídicos que una compañía pueda tener a lo largo de su existencia.


¿Cómo se puede identificar una publicación oficial del BORME?
Este es un proceso bastante sencillo gracias al CVE, o lo que es lo mismo, el Código de Verificación Electrónica. Es mediante este sistema que se permite verificar si los documentos que allí se encuentran son totalmente legales y cumplen con todas las características y normativas para publicarse. En el caso de que se realicen copias, son declaradas como auténticas.


No hay nada mejor que el poder contrastar la información (infoborme.com) que tengas con un boletín oficial donde sabes que todo lo que figure en él será auténtico y estará verificado, de este modo puedes cumplir con tu objetivo rápida y fácilmente.


Mediante este proceso, todos los consumidores se encuentran totalmente protegidos y es capaz de que se les facilite la información directamente.


¿Qué publicaciones son obligatorias?
Cualquier empresa que tenga carácter mercantil debe estar inscrita en el BORME y cumplir con sus normativas, como con las publicaciones. Algunas son de carácter obligatorio:

 

  • Todos los cambios que se realicen en el domicilio social, denominación y modificación.

 

  • Aquellos anuncios de la Junta General de Accionistas siempre y cuando se trate de sociedades anónimas y/o SICAVs.

 

  • Las modificaciones que se hayan realizado en el capital o en la propia estructura de la compañía.

 

  • Alteraciones que ocurran en el accionariado de la sociedad.

 

  • Todas las emisiones de obligaciones.

 

  • Distintas correcciones de los anuncios previamente publicados en el propio BORME.

 

  • Distintos anuncios o avisos que tengan carácter legal.

 

  • Las declaraciones de insolvencia.


Estas son las más principales, aunque existen otras que también son de carácter obligatorio y a las que distintos tipos de sociedades deben de hacer frente.


¿Cómo funciona la publicación de anuncios?
Todas las sociedades están obligadas a publicar las convocatorias para celebrar sus juntas con al menos 30 días de antelación. En el caso de las sociedades limitadas, el plazo se reduce a 15 días. Gracias a la ayuda de bormeanuncios puedes tramitar tu publicación de un modo más rápido. En el caso de que sea algo de urgencia, no debería tardar más de 3 días.


Dependiendo de la propia situación de tu empresa, también es posible que tengas que incluir los informes de la comisión de nombramientos en caso de que así se requiera.

 

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