
Aunque su aprobación tiene su origen en 2015, es una gran desconocida. Existe en España un concurso de acreedores a la medida de los particulares y los autónomos, la llamada Ley de Segunda Oportunidad, con el fin de poder reponerse de una bancarrota. Sin embargo, en la Región de Murcia, pocas personas acuden a ello.
Según datos del Instituto Nacional de Estadística, para el año 2018, 1.631 personas físicas sin actividad económica comenzaron un procedimiento concursal. A ellas hay que sumar 351 trabajadores por cuenta propia que desarrollaban su negocio como autónomos, y que vieron en un concurso de acreedores -el año pasado- una salvación a su situación económica.
Pero, con la lupa puesta en la Región de Murcia, en 2018 tan solo 47 personas físicas (36 sin actividad) iniciaron el proceso concursal. Cifras similares a las que también se han recogido en el primer trimestre de 2019. ¿Es la Ley de Segunda Oportunidad una desconocida?
Qué hacer ante una quiebra
José Simarro, al frente del despacho Simarro Abogados en Murcia, es especialista en procesos concursales y Segunda Oportunidad. Recuerda que el objetivo de la norma aprobada en 2015 es que “una persona física tenga la oportunidad de encarrilar de nuevo su vida” sin ser perseguida toda su vida por las deudas, con independencia de que sea empresario o no.
Por ello es importante conocer el procedimiento para acogerse a este mecanismo de segunda oportunidad, como reza la Ley. El primer paso es solicitar un “Acuerdo Extrajudicial de Pagos”, en caso de no alcanzar un acuerdo, declararse en quiebra y solicitar la apertura de un procedimiento concursal, algo que se puede hacer de manera voluntaria ante retrasos de más de tres meses en pagos a la Administración o proveedores de suministros, entre otros.
Simarro explica algo fundamental en estos casos, y es dejar patente que se actúa con buena fe, para lo que hay que demostrar una serie de requisitos: “Que el concurso no sea declarado culpable o excepcionalmente si el juez no aprecia dolo o culpa grave del deudor y no haber sido condenado por delitos contra el Patrimonio, Hacienda, Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los últimos diez años”. No es lo único ya que también se exige “haber celebrado un intento de acuerdo extrajudicial” junto con el abogado, el notario y los acreedores; por último, “no haberse acogido a la exoneración de pagos en la última década”.
Generalmente no es habitual llegar a un acuerdo con esos acreedores, pero en ese acto de conciliación de lo que se trata es de entablar un diálogo que desemboque en un plan de viabilidad con un calendario de pagos establecidos y una quita de parte de la deuda -también con la Administración, ya que una sentencia del Supremo emitida en 2019 abre la puerta a exonerar deudas contraídas con la Agencia Tributaria-. Todo ello con el objetivo de, en un plazo de cinco años, haber podido saldar las cuentas.
Otro punto positivo de abrir el cauce negociador es que las ejecuciones de las facturas quedan paralizadas por lo que se puede evitar, entre otros, el desahucio del hogar.
Si la negociación fracasa se abre la vía judicial, en la cual un administrador concursal hará inventario del patrimonio del deudor para, una vez probada la buena fe, vender bienes que permitan liquidar la deuda, por lo que podrán ser excluidos aquellos legalmente inembargables, los desprovistos de valor de mercado o aquellos cuyo coste de realización sea superior al valor venal. Si con el patrimonio no alcanza, el resto de deudas quedarán exoneradas pero no olvidadas, ya que en el futuro los acreedores podrán reclamar de nuevo su parte y si el deudor tiene capacidad de pago tendrá que hacer frente a ello.
Una tabla de salvación
A pesar de que en su origen generó discrepancias lo cierto es que la Ley de Segunda Oportunidad ha demostrado, con un estudio previo de cada caso, ser útil para quienes se acogen a ella. Un salvavidas que se tiene pero no se usa a pesar de naufragar.
La Región de Murcia ocupa el puesto decimosegundo del ránking nacional en casos solicitados por Comunidad Autónoma, el 2,2% del total. Desde su entrada en vigor en julio de 2015 en torno a 11.300 personas físicas sin actividad económica han iniciado estos trámites en toda España, menos de 500 en Murcia. Y la cifra de autónomos es inferior aún.

