La Audiencia le obliga a devolver los 741 euros de la subvención y le impone una multa de 300 euros y dos meses de cárcel
La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso que el jefe de ventas de un concesionario de automóviles de Yecla presentó contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal que, en febrero de 2011, le condenó a dos meses de prisión y multa de dos meses, con una cuota diaria de cinco euros, por falsificar una documentación con objeto de obtener indebidamente la ayuda del Plan Prever.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, le condenó a devolver a la Agencia Tributaria los 741 euros que percibió indebidamente por el cobro de esa ayuda destinada a la renovación del parque automovilístico.
El Juzgado, en una sentencia que ahora se ve confirmada por la Audiencia Provincial, declaró como hechos probados que a finales de 2003 un cliente del concesionario compró un turismo, "firmando con el gerente del local, el acusado, el correspondiente contrato privado".
En una fecha indeterminada, pero comprendida en los últimos meses del año 2003 el mismo concesionario había adquirido por trescientos euros otro vehículo para su reventa o, si ello no era posible, para darlo de baja.
Como el primer cliente no se había beneficiado del citado Plan, el acusado, añadió el Juzgado, decidió estampar la firma de aquél en una solicitud oficial de transmisión del segundo turismo, con lo que consiguió obtener la citada ayuda.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, le condenó a devolver a la Agencia Tributaria los 741 euros que percibió indebidamente por el cobro de esa ayuda destinada a la renovación del parque automovilístico.
El Juzgado, en una sentencia que ahora se ve confirmada por la Audiencia Provincial, declaró como hechos probados que a finales de 2003 un cliente del concesionario compró un turismo, "firmando con el gerente del local, el acusado, el correspondiente contrato privado".
En una fecha indeterminada, pero comprendida en los últimos meses del año 2003 el mismo concesionario había adquirido por trescientos euros otro vehículo para su reventa o, si ello no era posible, para darlo de baja.
Como el primer cliente no se había beneficiado del citado Plan, el acusado, añadió el Juzgado, decidió estampar la firma de aquél en una solicitud oficial de transmisión del segundo turismo, con lo que consiguió obtener la citada ayuda.


