La administrativa, empleada en el Arsenal de Cartagena, trabajó para estas empresas a las que se habían adjudicado contratos
El ministerio de Defensa incurrió en la cesión ilegal de una trabajadora que asignó a la empresa a la que le había adjudicado varios contratos, según se afirma en una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) que declara nulo el despido y obliga al citado departamento a su readmisión.
La sentencia indica que esta empleada trabajaba como administrativa para el ministerio de Defensa, en las dependencias del arsenal de Cartagena, desde septiembre de 2007, y que en los años siguientes suscribió contratos temporales con dos empresas que trabajaban para aquél, Outsource Levante y Contranet Europa.
La Sala, que desestima el recurso que presentó Defensa contra la sentencia de un Juzgado de lo Social de Cartagena que declaró la nulidad del despido, añade que éste declaró como hechos probados que aunque la despedida figuraba como trabajadora de estas empresas, de las que percibía sus retribuciones, "utilizaba el ordenador, las aplicaciones informáticas y demás medios materiales pertenecientes al Ministerio y recibía órdenes e instrucciones del personal militar".
El TSJ, al confirmar la sentencia del Juzgado, dice que los contratos administrativos otorgados por el ministerio de Defensa a favor de las empresas demandadas constituyen una cesión ilegal de la demandante, prohibida por el Estatuto de los Trabajadores.
Al desestimar el recurso presentado por el departamento ministerial, la Sala lo condena a pagar, en concepto de costas, 250 euros al abogado de la trabajadora.
La sentencia indica que esta empleada trabajaba como administrativa para el ministerio de Defensa, en las dependencias del arsenal de Cartagena, desde septiembre de 2007, y que en los años siguientes suscribió contratos temporales con dos empresas que trabajaban para aquél, Outsource Levante y Contranet Europa.
La Sala, que desestima el recurso que presentó Defensa contra la sentencia de un Juzgado de lo Social de Cartagena que declaró la nulidad del despido, añade que éste declaró como hechos probados que aunque la despedida figuraba como trabajadora de estas empresas, de las que percibía sus retribuciones, "utilizaba el ordenador, las aplicaciones informáticas y demás medios materiales pertenecientes al Ministerio y recibía órdenes e instrucciones del personal militar".
El TSJ, al confirmar la sentencia del Juzgado, dice que los contratos administrativos otorgados por el ministerio de Defensa a favor de las empresas demandadas constituyen una cesión ilegal de la demandante, prohibida por el Estatuto de los Trabajadores.
Al desestimar el recurso presentado por el departamento ministerial, la Sala lo condena a pagar, en concepto de costas, 250 euros al abogado de la trabajadora.







