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TRIBUNALES

Una jueza de Murcia cedió un crédito hipotecario a un fondo buitre

El Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto diligencias informativas contra la jueza del juzgado de primera instancia número Cuatro de Murcia que fue recusada por el abogado Diego Martínez Caracena

MurciaEconomía Lunes, 29 de Junio de 2020 Tiempo de lectura:

 

El Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto diligencias informativas contra la juez del juzgado de primera instancia número Cuatro de Murcia que fue recusada por el abogado Diego Martínez Caracena.



Este letrado expuso en su denuncia, a la que tuvo acceso Efe, que la magistrada aceptó la cesión de un crédito hipotecario concedido en su día por Banco Sabadell a un “fondo buitre” en base a unos documentos que según aquel no podían avalar en ningún momento esa decisión.



Según este letrado, que instó la recusación en nombre de sus clientes, “la magistrada hace decir a un documento del registro de la propiedad cosas que no dice”, para añadir que otro juez, con documentación similar, ha llegado a la decisión contraria y no ha aceptado la cesión.



Afirma el abogado que el proceso judicial estaba suspendido por decisión de la magistrada hasta que se pronunciara en una cuestión prejudicial el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y que, producida esta, sin que hubiera ordenado su reapertura, aceptó la cesión del crédito.

 

Comenta igualmente que la jueza funda la razón de la sucesión procesal en dos hechos que, siempre según el abogado, no son ciertos, “ya que si se examinan las notas simples registrales se comprueba que la hipoteca que se ejecuta en estos autos sigue inscrita a favor del Banco Sabadell en cada finca, no del fondo buitre”.



“Al fundar la sucesión procesal con base en un mismo documento, comenta, la juzgadora dice en un auto una cosa y en otro posterior la contraria, esto es, en el que rechaza la sucesión dice que el testimonio no se refiere a la hipoteca de autos, mientras que en el que la admite dice que ese mismo testimonio sí que se refiere a la hipoteca afectada por esta causa”.



“Resulta de todo punto insostenible, concluye, que la juzgadora haga decir al mismo testimonio una cosa y su contraria en la misma causa en dos resoluciones distintas, con lo que, por fuerza, tal proceder, necesariamente, debe producir en mis mandantes no ya un cierto desasosiego, sino una más que justificada desconfianza en ella”.

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