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NACIONAL

Un juez anula por cuestiones técnicas la orden que cierra el ocio nocturno y prohíbe fumar en Madrid

El auto señala que "desde una comunidad autónoma no se pueden limitar derechos fundamentales con carácter general sin una previa declaración de la alarma"

MurciaEconomía Viernes, 21 de Agosto de 2020 Tiempo de lectura:

 

El titular del Juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Madrid ha decidido no ratificar la orden dictada por la Comunidad de Madrid para aplicar las últimas medidas consensuadas frente al coronavirus, desde la prohibición de fumar si no se respetan los 2 metros de distancia al cierre del ocio nocturno.



En el auto, dictado ayer jueves por el magistrado Alfonso Villagómez Cebrián y hecho público este viernes, se señala que "desde una comunidad autónoma no se pueden limitar derechos fundamentales con carácter general sin una previa declaración de la alarma".



El juez subraya que la orden de la Comunidad de Madrid con las nuevas restricciones se basa en una orden del Ministerio de Sanidad que no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), "cuando, como es sabido, las normas y disposiciones generales tienen que ser publicadas para que sean de obligado cumplimiento para todos".

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