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CORRUPCIÓN URBANÍSTICA

El juez ve indicios de delito en la actuación del alcalde Cámara en Nueva Condomina

Efe Jueves, 05 de Julio de 2012 Tiempo de lectura:

En un auto judicial, David Castillejos mantiene la imputación del también secretario general del PP en la Región

[Img #8340]El juzgado de instrucción que investiga un presunto caso de corrupción urbanística en la expansión norte de Murcia remonta los indicios contra el alcalde, Miguel Ángel Cámara, a la firma del protocolo que firmó con el también imputado Jesús Samper antes del visto bueno al convenio sobre Nueva Condomina, aprobado por la corporación municipal en 2001.

El auto del juzgado de instrucción número 8 señala que “la actuación de Miguel Ángel Cámara lo fue en condición de alcalde-presidente del ayuntamiento de Murcia y, por tanto, como autoridad local, si bien es cierto que el acto supremo administrativo fue la votación en el pleno de los convenios de Nueva Condomina, aprobado en el año 2001 y del Casino de Murcia, del año 2005”. La resolución judicial comenta que “no obstante la actuación investigada va más allá, por cuanto en el caso de Nueva Condomina existen comportamientos iniciales de Miguel Ángel Cámara tales como la firma de un protocolo con el Real Murcia S.A.D. en relación a la futura expansión en la zona norte”.

El auto indica en otro apartado que, “como es sabido, el empresario señor Samper habría sido el gran beneficiado de tal actuación urbanística, con génesis de unos conceptos económicos y consiguiente perjuicio patrimonial para el ente local”. El juez instructor no descarta que el montante de ese perjuicio sea inferior a lo que apunta la Fiscalía, pero indica también que la “extensa prueba practicada” apunta a la existencia de ese perjuicio a nivel de indicios.

Al referirse al convenio suscrito con el Casino de Murcia para la rehabilitación de este inmueble, el auto dice que “es de entender que la trascendencia de la obra a realizar, por su coste, su significado para la ciudad, y la ausencia durante muchos años de fuentes de financiación para llevarla a cabo, no era desconocida para Cámara, y ello al margen de que actuara finalmente como alcalde a través de los trámites habituales”.

En esta diligencia judicial, dictada el 3 de mayo pasado, un mes después de que se filtrara la noticia de la situación como imputado del alcalde de Murcia, se adelanta que el interrogatorio de éste, que finalmente se llevó a cabo el pasado 15 de junio, se centraría no solo en estos dos convenios urbanísticos sino en otras actuaciones dentro del Plan General de Ordenación Urbana, de planes especiales y otros.

El juez David Castillejos explica en este auto que si se decidió a citar a Cámara en calidad de imputado y no como testigo lo hizo por la existencia de indicios de criminalidad contra él. Al respecto comenta que “desde la perspectiva del llamado a declarar por el juzgado de instrucción, parece obvio que preferiría desechar preciados derechos y hacerlo bajo obligaciones propias del testigo, por cuanto la posible responsabilidad penal no se discutiría en este caso”. Acto seguido indica que “la cuestión no es esa, sino si existen en el caso de autos indicios de criminalidad que justifiquen la citación de Miguel Ángel Cámara en calidad de imputado”, y el auto concluye con que lo instruido ya en este caso hay elementos suficientes sobre los que basar la imputación.

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