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ENTRE TÚ Y YO

¿Tienes un e-commerce? ¿Sabías que en julio cambian las reglas de impuestos? Te lo cuento

Alejandro Garriga Viernes, 09 de Abril de 2021 Tiempo de lectura:

 

Esta semana vengo a hablar de algo que nos va a interesar a todos. Y, ¿por qué estoy tan seguro? Pues porque es algo que toca al bolsillo. Y ya se sabe que aquello que afecte a nuestros bolsillos bien que nos interesa. Así somos.

 

Pero si a alguien le va a interesar por encima de otros es al que tenga un e-commerce. Así es. Si eres dueñx de un comercio electrónico y realizas envíos fuera de nuestras fronteras tienes que saber que se aproximan cambios. Más concretamente cambios en el IVA, que serán efectivos a partir del próximo 1 de julio de este 2021.

 

Pero no te preocupes que aquí estoy yo para explicarte en qué van a consistir estos cambios y, sobre todo, en qué afectan a tu e-commerce.

 

El porqué de estos cambios

 

Según datos extraídos de un estudio de la Comisión Europea, cada año los países de la UE pierden unos 150.000 millones de euros en ingresos del impuesto sobre el valor añadido (IVA). Ahí es nada. Calderilla con la que salgo yo cada mañana a comprar el pan. Y es que esa cifra equivale a 100 euros por ciudadano de la UE por este fraude de IVA transfronterizo.

 

Pero ahí no acaba eso. Se estima que, a parte de la gran pérdida que supone para los países miembros, 50.000 de esos millones se pueden destinar para financiar organizaciones delictivas, incluso el terrorismo.

 

Todos estos datos unidos al gran auge que ha tenido el comercio electrónico durante la pandemia han provocado que la Comisión Europea haya decidido acelerar la implantación de su reforma del sistema del IVA

 

Y es que no es moco de pavo. Se calcula que esos 150.000 millones anuales de pérdidas se reducirían en un 80% con la citada reforma. Eso sí que es una reforma y no la de mi baño.

 

Estaréis pensando: Alejandro, ¿nos cuentas ya de una vez en qué consiste esta reforma? Sé que me estoy haciendo un poco de rogar, pero para poder entender bien en qué van a consistir todos estos cambios hay que conocer también la situación actual en la que nos encontramos.

 

¿Cómo funciona ahora mismo el IVA de los e-commerce?

 

Si tienes un e-commerce con clientes extranjeros debes tener en cuenta el umbral marcado por cada uno de los países a los que vendas. Por ejemplo, si tienes clientes franceses y Francia tiene marcado un umbral de 50.000 euros anuales, por ejemplo, y tu facturación anual supera esa cifra tendrías la obligación de darte de alta a efectos fiscales en ese país, facturar con el tipo de IVA aplicable en Francia y hacer la liquidación del IVA allí.

 

Si por el contrario la facturación no alcanzara esos supuestos 50.000 euros, no sería necesario nada de lo anterior y podrías seguir facturando el tipo de IVA de tu país.

 

Como ves, todo un engorro. Sobre todo, teniendo en cuenta que cada estado miembro de la UE establece sus propias condiciones de IVA y fija su propio umbral.

 

Y ahora sí, el momento más esperado. Redoble de tambores....

 

Los cambios del nuevo IVA en el e-commerce

 

Ya me he hecho demasiado el remolón así que ahora voy a intentar ir al grano. Los cambios más relevantes del nuevo IVA (que recordemos que entra en vigor a partir del 1 de julio) son tres:

 

1- Se eliminan los umbrales en las ventas a distancia

           

Se suprimen los umbrales nacionales, estableciéndose un umbral único para todos los Estados miembros de la UE.

 

En concreto se establece un umbral único de 10.000 euros. Cualquier comercio electrónico que supere esta cifra en la facturación anual a clientes de otros países de la UE deberá facturar con el tipo de IVA del país de destino. 

 

Además, no será necesario darse tampoco de alta a efectos fiscales en el otro Estado. Se declara y se paga el IVA de forma electrónica a través de una ventanilla única (un portal web).

 

Fácil, sencillo y para toda la familia, ¿verdad?

 

2- Se acaba la norma de la exención del IVA en la importación de envíos de poco valor

           

A partir del 1 de julio de este año, con la entrada de esta nueva reforma, cualquier importación realizada desde un país de fuera de la UE estará sujeta al IVA del Estado miembro de destino. Sea cual sea el valor de la importación. Aunque sea un chicle, jeje. 

 

 

3- Los marketplaces pasan a ser responsables del IVA para ventas a distancia de bienes importados de terceros países

           

Sí, lo sé. Es un lío de titular. Pero voy a intentar explicarme mejor. Los marketplaces (Amazon, Ebay, etc.) van a pasar a ser considerados vendedores a efectos de IVA. Por lo tanto, van a ser responsables de la gestión del IVA cuando la empresa usuario de sus servicios esté fuera de la UE y exporte sus bienes a la UE.

 

O, dicho de otra forma, los marketplaces se van a tener que ocupar de la gestión del IVA de terceros países que vendan sus productos dentro de la UE.

 

Como toda reforma puede resultar un poco liosa en los principios. Pero la verdad que tiene muy buena pinta y, a priori, parece que va a facilitar un poco la cosa a todos los que tengan un e-commerce y vendan en el extranjero. Que la verdad que un poco de “facilitarnos las cosas” no le viene mal a nadie.

 

Y hasta aquí el artículo de esta semana. Cualquier duda o sugerencia que tengáis estaré encantado de leerla. 

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