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NOVEDADES

Estas son las ‘sorpresas’ que se llevarán los autónomos a partir de septiembre

Desaparecen las ayudas por cese de actividad y se intensificará la lucha contra el fraude

MurciaEconomía Jueves, 19 de Agosto de 2021 Tiempo de lectura:

 

Todos los inicios de curso deparan sorpresas, también las desagradables con las que se encontrarán los autónomos a partir de septiembre, desde el fin de los ERTE o nuevas sanciones por fraudes y el límite a los pagos en metálico.


Estas son algunas de ellas:

 

  • La previsible subida del Salario Mínimo Interprofesional no solo conllevará un mayor coste salarial de los trabajadores contratados, también se prevé un aumento de la cuota al Régimen Especial para Trabajadores Autónomos (RETA).

 

  • El 31 de septiembre finalizarán las ayudas por cese de actividad: POECATA –prestación por cese de actividad-; la prestación por bajos ingresos, cese de actividad y suspensión de actividad.

 

  • A consecuencia de lo anterior, también desaparecerán las exenciones en la cuota de autónomos a la Seguridad Social. A partir de octubre deberán pagarse la totalidad de la cuota.

 

  • El último día del mes también finalizarán las ayudas a los ERTE por causa de fuerza mayor.

 

  • En cualquier momento, las mutuas pueden revisar las condiciones que se alegaron para solicitar algún tipo de ayuda. En caso de que las condiciones no se ajustarán al 100% a lo establecido, los ingresos obtenidos deberán ser devueltos.

 

  • En las medidas aprobadas en julio para la prevención y lucha contra el fraude fiscal se incluye la limitación de los pagos en metálico entre los profesionales, que reducen la cantidad de 2.500 a 1.000 euros. En vigor desde el 11 de julio, su efecto podrá valorarse a la vuelta de los meses estivales con menor actividad.

 

  • .Como medida positiva, se aumentan las reducciones por pronto pago en el abono de sanciones.

 

  • Pasado septiembre se aplicarán las medidas para poner fin a los programas informáticos de doble uso, conocidos para ocultar una doble contabilidad e ingresos en dinero ‘negro’ o en ‘B’.

 

  • A partir de su entrada en vigor, las empresas  solo podrán utilizar programas informáticos de contabilidad que cuenten con una certificación del ministerio de Hacienda.
     
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