Luis Planas, ministro de Agricultura y Alimentación
El Gobierno ha dado el primer paso para enviar a las Cortes el Proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, la primera regulación sobre esta materia que se promulga en España, con el fin de evitar el desecho de alimentos sin consumir y favorecer que se aprovechen mejor.
El ministro de Agricultura y Alimentación, Luis Planas, ha destacado el carácter pionero de la futura Ley en la Unión Europea -solo Francia e Italia disponen de una regulación semejante- y su oportunidad, no solo porque todavía existen el hambre y la malnutrición en el mundo sino porque también "en estos momentos hablamos de la posibilidad de una crisis alimentaria y de la necesidad de la producción de alimentos en el mundo".
El despilfarro de alimentos, ha señalado Planas, es una ineficiencia de la cadena alimentaria, en la que se produce una pérdida del 20%. Para reducir ese porcentaje, todos los elementos de la cadena, excepto las tiendas de menos de 1.300 metros cuadrados, estarán obligados a tener un plan específico. La ley impone también otras obligaciones, como la de que los establecimientos de hostelería tendrán que poner a disposición del cliente la comida no consumida para llevársela, si así lo solicita.
Planas ha destacado que, de ese 20% de las pérdidas a lo largo de la cadena, un 40% se da en la venta al por menor o en los hogares, de ahí que la ley tenga en la concienciación social del problema uno de sus pilares. Durante el año 2020, los hogares españoles tiraron a la basura 1.364 millones de kilos/litros de alimentos, una media de 31 kilos/litros y 250 euros anuales por persona.
El texto regula, por otra parte, la donación a bancos de alimentos, estableciendo que solo podrán ser donados aquellos que estén dentro del periodo de consumo preferente, es decir, dentro del plazo en el que todas sus características están efectivamente vigentes.
El proyecto también contempla la transformación de alimentos no vendidos pero que estén en condiciones óptimas en otros como zumos o mermeladas.
Sobre las sanciones, la Ley considerará falta grave no contar con un plan de prevención que estará sancionado con entre 2.001 y 60.000 euros. Una infracción leve, que estará sancionada con multas de hasta 2.000 euros, será, por ejemplo, no aplicar la jerarquía de prioridades o que las empresas de distribución al por menor y la hostelería y restauración no donen los productos no vendidos que sean aptos para el consumo.
En cuanto a las infracciones muy graves, se podrán sancionar entre 60.001 y 500.000 euros de multa.



