Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

REIVINDICACIONES

Justicia niega el derecho a la huelga a los abogados y procuradores del turno de oficio

Amenaza con “medidas disciplinarias” a los 83 colegios de abogados y los 63 de procuradores | Perciben 148 euros por cada asunto de justicia gratuita y los procesos pueden dilatarse muchos años

MURCIAECONOMIA Domingo, 19 de Noviembre de 2023 Tiempo de lectura:

 

Dos días antes de la huelga convocada en España por los abogados y procuradores del turno de oficio (21 de noviembre), desde el ministerio de Justicia se ha remitido un oficio a los consejos generales de la Abogacía y de la Procura, en el que informa que esta huelga “no tiene amparo legal”, por lo que estos profesionales, según entiende el Ministerio, “no tienen derecho a la huelga”.

 

[Img #100104]El oficio se ha remitido desde la dirección general para el Servicio Público del ministerio. En el escrito se amenaza con que la huelga, que ha sido convocada por el sindicato de abogados Venia, “tendría consecuencias disciplinarias”. Este oficio se ha enviado también a los 83 Colegios de Abogados y los 63 de Procuradores.

 

En la comunicación se afirma que “Los profesionales de la abogacía y de la procura (procuradores) que prestan servicios en el turno de oficio no tienen una relación laboral, estatutaria ni funcionarial con el
ministerio de Justicia
, por lo que, en el caso de que suspendieran el ejercicio de sus funciones de asistencia jurídica gratuita, tal cesación no estaría amparada por derecho de huelga alguno y llevaría aparejadas las consecuencias disciplinarias oportunas por parte de los respectivos Colegios Profesionales”, el escribo firmado por la directora general para el Servicio Público del Ministerio, Maria dels Àngels García Vidal.

 

La responsable de este departamento que dirige, en funciones, la ministra Pilar Llop, dice también que “los profesionales de la abogacía y de la procura adscritos al turno de oficio desempeñan un servicio profesional que tiene naturaleza pública por la función de tutela de fines públicos constitucionalmente relevantes que llevan a cabo sus respectivos colegios profesionales. Estos colegios reciben, a cambio de la organización y prestación de este servicio, una subvención, mientras que las cantidades percibidas por el profesional en cuestión constituyen una indemnización. Por ende, en modo alguno puede hablarse de la existencia de un sueldo o salario para estas personas con cargo al ministerio de Justicia”.


Como informó en su momento MurciaEconomía, entre los asuntos pendientes de resolver para este colectivo se encuentran la regulación jurídica del profesional del turno de oficio; unas “retribuciones dignas”, el pago efectivo de los costes que deben asumir abogados y procuradores; cotizaciones a la Seguridad Social; además de una reducción de la carga burocrática que conlleva el turno de oficio y el reconocimiento de la condición de “autoridad”.

 

Asimismo reclaman que, cuando se deniegue a un cliente la ‘asistencia judicial gratuita’, sea la Administración la que pague a abogados y procuradores y sea también la administración quien reclame al cliente, en lugar de tener que hacerlo los profesionales.

 
Los abogados de turno de oficio –de guardia las 24 horas al día- perciben 148 euros por cada asunto que atienden dentro de la justicia gratuita, siendo procesos que en algunos casos pueden requerir varios años, desde la atención al detenido –si la hubiera-, comparecencias, escritos, vistas orales (juicios), recursos, etcétera… 

 

Este es el oficio remitido por Justicia.

 

 

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.