Fachada de la sede de Telefónica, a 7 de noviembre de 2024, en Madrid (España). | Foto de archivo: Eduardo Parra - EPLa Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Telefónica con 20 millones de euros por incumplir los compromisos que asumió en 2015 tras adquirir DTS (antigua Sogecable). La decisión llega tras constatar que la compañía no respetó las condiciones impuestas para autorizar la operación de concentración.
Entre los compromisos aceptados entonces figuraba la prohibición expresa de establecer permanencias u obstáculos a la movilidad de los clientes en sus servicios de televisión de pago. No obstante, tras analizar el periodo comprendido entre el 30 de agosto de 2021 y el 30 de abril de 2023, la CNMC concluye que Telefónica ofertó sus productos ‘Movistar Fusión’ y ‘MiMovistar’ con servicios de televisión de pago y alquiler de dispositivos electrónicos ligados a cláusulas de permanencia y penalizaciones por baja anticipada.
“Estas prácticas contravenían los compromisos aceptados y restringían la libertad de los clientes para cambiar de operador”, ha señalado el organismo, que ya en 2023 impuso una multa de 6 millones por la misma razón, al vincular la permanencia al alquiler de un 'smartphone'.
En esta nueva resolución, la CNMC señala que la teleco no solo mantuvo estas prácticas, sino que las amplió a más dispositivos y reforzó las condiciones de permanencia, lo que agrava la infracción.
“El incumplimiento de los compromisos de una operación de concentración constituye una infracción muy grave, según el artículo 62.4.c de la Ley de Defensa de la Competencia”, ha recordado el regulador, que también destaca la reiteración de este tipo de prácticas por parte de Telefónica como un elemento agravante.
La empresa podrá recurrir esta resolución ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde su notificación. De hecho, fuentes del mercado han confirmado que Telefónica interpondrá recurso, como es habitual en este tipo de procedimientos.







