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NACIONAL

Olas de calor: el Gobierno garantiza permisos retribuidos de hasta cuatro días

Afecta a situaciones de riesgo grave e inminente derivadas de catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos

Alba Molina Domingo, 17 de Agosto de 2025 Tiempo de lectura:
La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, durante su intervención en la inauguración de 'Murcia, Capital Española de la Economía Social 2025' - Edu BotellaLa ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, durante su intervención en la inauguración de 'Murcia, Capital Española de la Economía Social 2025' - Edu Botella

La ola de calor que afecta a España desde hace más de una semana, con avisos naranjas y rojos emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), ha llevado al Ministerio de Trabajo y Economía Social a recordar los derechos laborales de los empleados en situaciones de riesgo climático.

 

El Ministerio que dirige Yolanda Díaz ha recordado en redes sociales que “la exposición a altas temperaturas en el centro de trabajo no debe suponer un riesgo para la salud de las personas trabajadoras”. Además, ha recordado que los espacios interiores deben cumplir con los rangos legales de temperatura: entre 14 y 25 ºC en locales industriales y entre 17 y 27 ºC en oficinas.

 

Para quienes desarrollan su labor al aire libre, Trabajo recuerda que en episodios de alerta naranja o roja es posible reducir o modificar la jornada. Y si el desplazamiento al centro de trabajo resulta imposible por fenómenos meteorológicos extremos, los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido de hasta cuatro días.

 

Este permiso, introducido en el Estatuto de los Trabajadores tras la DANA de octubre de 2024, quedó recogido en el Real Decreto-ley 8/2024. La norma incorporó un nuevo apartado al artículo 37.3 que reconoce el derecho a ausentarse con sueldo “hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones establecidas por las autoridades competentes”.

 

El texto también aclara que el permiso será aplicable en situaciones de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de catástrofes naturales o fenómenos meteorológicos adversos. Si, transcurridos esos cuatro días, las circunstancias persisten, la empresa podrá aplicar una suspensión del contrato o una reducción de jornada por fuerza mayor.

 

En los casos en que la actividad laboral pueda realizarse de manera telemática, la empresa podrá implantar el teletrabajo, siempre que garantice los medios, equipos y herramientas necesarios para el desempeño de las funciones.

 

De esta forma, el Ministerio busca reforzar la protección de los trabajadores en un contexto de olas de calor cada vez más frecuentes e intensas, garantizando la seguridad sin que ello suponga pérdida salarial.

 

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