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EMPRESAS

CaixaBank, condenada por mala praxis en la venta de un fondo de inversión

La Audiencia Provincial de Madrid considera que la entidad no informó adecuadamente a un joven de 18 años sobre los riesgos del producto financiero

Alba Molina Lunes, 18 de Agosto de 2025 Tiempo de lectura:
Fachada del edificio de CaixaBank, en Madrid (España) - Eduardo Parra - Europa PressFachada del edificio de CaixaBank, en Madrid (España) - Eduardo Parra - Europa Press

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a CaixaBank por mala praxis en la comercialización de un fondo de inversión, según la sentencia difundida este lunes por la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin).

 

El caso se remonta a 2017, cuando un estudiante de Derecho de 18 años invirtió 6,3 millones de euros en un fondo tras recibir el ofrecimiento de la entidad. El joven había heredado cinco años antes una fortuna de 35 millones de euros de su tío, lo que le obligó a afrontar un elevado pago del Impuesto de Sucesiones, cifrado en 22 millones de euros. Para cubrir una parte de esa cuota, CaixaBank le ofreció un préstamo de 6 millones de euros que debía amortizar con los beneficios que generara el fondo de inversión.

 

La sentencia detalla que fue el padre del heredero, en calidad de representante legal mientras su hijo era menor de edad, quien realizó las gestiones con la Hacienda de la Comunidad de Madrid y con el banco. En ese contexto, fue él quien recibió las explicaciones sobre el funcionamiento del producto financiero y se sometió a los test de idoneidad exigidos por la normativa.

 

El tribunal considera, sin embargo, que ese procedimiento vulneró los derechos del joven consumidor. “El deber precontractual por parte de CaixaBank tenía como único destinatario a un chico de 18 años que cursaba estudios de Derecho. No puede el banco ampararse en las explicaciones dadas previamente al padre ni presumir que este las transmitiera a su hijo”, subraya la resolución.

 

La Audiencia concluye que CaixaBank no informó de forma adecuada y suficiente al demandante sobre los riesgos del producto financiero, por lo que declara la existencia de mala praxis en la operación.

 

Fuentes judiciales explican que la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. De hecho, la entidad ya ha solicitado información complementaria a la Audiencia, lo que mantiene en suspenso el plazo para la presentación del recurso.

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