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REGIÓN DE MURCIA

El TSJ de Murcia obliga a revisar los servicios mínimos de la huelga médica

CESM asegura que el auto cautelar reduce las dotaciones al estándar de festivo, con excepciones en áreas críticas, y fija comparecencia el 19 de febrero

Alba Molina Lunes, 16 de Febrero de 2026 Tiempo de lectura:
Profesionales sanitarios durante una manifestación - ArchivoProfesionales sanitarios durante una manifestación - Archivo

El Sindicato Médico (CESM) ha informado este lunes, 16 de febrero, de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha estimado sus medidas cautelarísimas y ha ordenado ajustar parte de los servicios mínimos al esquema asistencial de un día festivo, manteniendo cobertura reforzada en áreas críticas.

 

La decisión llega en la primera jornada del paro convocado entre el 16 y el 20 de febrero, dentro de un calendario de huelga que se extiende un semana al mes hasta junio. Ese marco de movilizaciones se repite también en otras comunidades, en rechazo al borrador del Estatuto Marco y con reivindicaciones laborales propias del colectivo médico.

 

El punto de partida fue la orden de servicios mínimos publicada en el BORM el sábado 14 de febrero. El texto fijó, entre otras medidas, dotaciones concretas en Atención Primaria (tres médicos de familia por la mañana en centros con 10 o más facultativos, y dos en los de menor plantilla), funcionamiento hospitalario en régimen de festivo, un mínimo del 60% en hospitalización y actividad al 100% en urgencias, UCI, diálisis, radioterapia y otros procesos considerados inaplazables.

 

Según la información facilitada a este medio por el CESM, el auto judicial tiene efecto inmediato en los ámbitos impugnados y obliga a corregir los mínimos cuando excedan la proporcionalidad exigible para una jornada de huelga. El sindicato añade que el tribunal ha señalado comparecencia para el 19 de febrero, donde se decidirá si la medida provisional se ratifica o se levanta.

 

Con este movimiento, el conflicto entra en una fase doble: negociación laboral por un lado y litigio contencioso por otro. No es la primera fricción de este tipo en la Región de Murcia. En diciembre de 2025, el TSJ ya anuló los mínimos de una convocatoria anterior al considerar que la Administración no justificó de forma suficiente la proporcionalidad en varios ámbitos asistenciales.

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