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NACIONAL

Los gasolineros piden una reducción temporal de impuestos para bajar hasta 22 céntimos los carburantes

La patronal propone las alternativas de una reducción del IVA del 21% al 10% en los combustibles de automoción o una reducción temporal del 50%

José Antonio Muñoz Lunes, 09 de Marzo de 2026 Tiempo de lectura:
Imagen de archivo.Imagen de archivo.

 

La Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio ha pedido al Gobierno una reducción temporal de los impuestos que gravan los combustibles que sirva para contener la escalada de precios que estos productos vienen experimentando en la última semana a consecuencia del conflicto en Irán.

 

Según informó la gran patronal de los gasolineros, en unas misivas remitidas a los titulares de los ministerios para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Hacienda, y Economía propone las alternativas de una reducción del IVA del 21% al 10% en los combustibles de automoción o una reducción temporal del 50% en el Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH) aplicado al gasóleo para compensar la recaudación extra por IVA derivada de los altos precios.

 

En el primero de los casos, CEEES estima que con los niveles actuales de precios, esta rebaja del IVA supondría un abaratamiento inmediato de 15 céntimos en los surtidores españoles, mientras que, en el segundo, la medida se traduciría en una bajada inmediata de 22 céntimos para cada litro de diésel.

 

En el caso de la gasolina, la reducción temporal propuesta es del 40% del IEH vigente, de modo que el litro se abarataría también 22 céntimos de euro según los precios medios de hoy. En ambos casos, la patronal propone que las medidas se mantengan hasta que las cotizaciones internacionales de los productos vuelvan a los registros que se daban antes del inicio del conflicto.

 

A este respecto, destaca que, otros Estados miembro, como Portugal, han anunciado medidas similares y ya adoptaron algunas en esta línea en 2022, con el beneplácito del Consejo Europeo, "que consideró que la temporalidad de las medidas y la situación excepcional encajaban con lo dispuesto en el artículo 19, apartado 1, de la Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, de imposición de productos energéticos".

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