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Opinión |
María Jamardo
Sábado, 14 de Marzo de 2026
María Jamardo

Odio a Pedro Sánchez

 

Decir “odio a Pedro Sánchez” no es delito. Es una frase crítica, visceral, propia de las emociones en las que se mueve la bronca política que recorre España, desde la llegada del socialismo a La Moncloa, en 2018, pero la afirmación, en sí misma, no implica ningún reproche legal. De hecho, el artículo 510 del Código Penal tipifica los delitos de odio cuando hay incitación a la violencia o a la discriminación contra grupos por motivos raciales, étnicos, religiosos, de orientación sexual o similares. Y, sin embargo, no dice ni una palabra sobre el sentimiento del odio porque decir que se odia, a quien sea, incluso a un político, por muy presidente del Gobierno que sea, entra de lleno en el ámbito de la libertad de expresión y de la opinión que, por si algunos no lo recuerdan, goza de una protección reforzada en España, según la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Entre otras razones porque los Estados no están para inmiscuirse en los sentimientos de los ciudadanos. Aquí lo hicieron con la Ley Trans, sin ir más lejos, y ya conocemos sus perversos resultados.



Tampoco insultar, descalificar o incluso expresar un rechazo frontal hacia quien ejerce el poder, en un momento determinado, no equivale a promover el odio contra un colectivo vulnerable. Lo ha recordado recientemente el Supremo al archivar querellas similares contra ministros y diputados que emplearon términos muy gruesos para referirse, incluso a los “fachas con toga” que les iban a juzgar. Con buen criterio, pese al malestar de algunos, los magistrados nos recuerdan a menudo que, en el circo político, la tolerancia a las expresiones ásperas es mayor que en cualquier otro ámbito, precisamente, porque el poder debe soportar un nivel de escrutinio ampliado. Puede que haya quien considere que decir “odio a Sánchez” o que dedicar improperios a Óscar Puente, Ione Belarra, Díaz Ayuso o Santiago Abascal es de mal gusto y hiere susceptibilidades, pero nunca podrá exigir, por ello, un castigo. Es democracia en estado puro, aunque a algunos les moleste. Ser mala persona, un miserable o un maleducado no es un delito. O, como diría mi buena amiga, y mejor penalista, Bárbara Royo: “El Código Penal no es el catecismo”.


Sin embargo, en los últimos días no se oye hablar de casi nada más que del anuncio de la herramienta Hodio, que toma su nombre del juego de palabras entre la huella del Odio y la polarización, que era anunciada por el propio Sánchez en el Foro Contra el Odio. Una plataforma, impulsada desde el Ministerio de Inclusión (sí, tenemos un Ministerio de Inclusión), que promete medir de forma sistemática la “presencia, evolución y alcance” de los discursos de odio en redes sociales. Según sus promotores publicará rankings semestrales, indicadores de prevalencia y amplificación por plataforma. El objetivo declarado es combatir la polarización y exigir cuentas a las grandes empresas tecnológicas. La trampa está en los detalles: ¿Quién define qué es odio? ¿Quién calibra la huella, su profundidad, sus dimensiones, su proyección y permanencia? ¿Y qué pasa cuando esa medición se convierte en antesala de sanciones, presiones regulatorias o incluso reformas penales como la anunciada “amplificación algorítmica”? Tantas incógnitas sin definir levantan muchas sospechas legítimas sobre sus verdaderos fines.


No en vano, son numerosos los juristas, expertos y defensores de la libertad de expresión que ya han alertado de lo que puede ocultarse tras esta iniciativa de medir que nunca es un acto neutral. Medir es clasificar, priorizar y, en última instancia, señalar. Y, cuando el Estado se dota de un instrumento para rastrear, sistemáticamente, opiniones en redes -incluso si se presenta como mera actividad estadística, lo que en realidad está buscando es abrir la puerta a la vigilancia ideológica. No hace falta prohibir de inmediato; basta con estigmatizar, con señalar a ciertas plataformas, usuarios, periodistas u opinadores como los más odiadores para, a renglón seguido, justificar las restricciones, las multas o las exigencias de moderación selectiva. El argumento de la protección contra el odio es poderoso, pero también resbaladizo: un día podría apoyarse en el racismo, o el machismo y, al siguiente hacerlo en la crítica legal y legítima al Ejecutivo de turno. Puro intervencionismo.


Y no se trata de un riesgo en abstracto porque ya existen, como casi todo lo que anuncia el ‘sanchismo’, precedentes ‘goebbelianos’ del asunto. Durante el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner en Argentina, entre 2011 y 2015, el Gobierno impulsó una ambiciosa iniciativa de monitorización de contenidos digitales, bajo el paraguas de combatir la desinformación y los discursos de odio. Se creó un observatorio de medios, acompañado de un sistema de alertas tempranas sobre los mensajes críticos y, en base a éstas, se presionó a plataformas, usuarios incómodos y a la prensa no afín bajo acusaciones de incitación al odio o desestabilización. El resultado fue un clima de autocensura en redes y una polarización aún mayor, con el oficialismo acusando sistemáticamente a la oposición de promover el odio, mientras el poder se encapsulaba, lejos de la transparencia exigible, con el pretexto de blindarse frente a las críticas, rebautizadas como peligrosos ataques. Lo que empezó como una supuesta vigilancia “técnica” acabó por convertirse en lawfare mediático y en una percepción generalizada en la sociedad de que discrepar era peligroso.
 

En España, el paquete de medidas va más allá: prohibición de redes a menores de 16 años, nuevo delito de amplificación algorítmica, exigencias a plataformas para que rindan cuentas,… Sánchez ha calificado las redes sociales, que no puede controlar, como un “Estado fallido” donde impera la “ley del más fuerte”. Es curioso y, hasta paradójico, que quien habla de fijar unas reglas de juego para el entorno digital parece olvidar que la primera regla de una democracia madura y plena es que el Gobierno nunca puede convertirse en árbitro sobre qué opiniones son aceptables y cómo deben pensar los ciudadanos. En especial, al margen del control parlamentario y, sobre todo, cuando él es el primero que se niega a rendir cuentas.


Un Ejecutivo que, con la premisa de combatir el odio, construye herramientas para medir y señalar el pensamiento disidente; que anuncia delitos nuevos cuando ya están tipificadas las amenazas, las injurias, las calumnias o la incitación a cometerlos; o que presiona a periodistas, exponiéndolos desde la Tribuna del Parlamento, periódicos, radios y televisiones para que moderen lo que al poder le molesta, ese Ejecutivo no está defendiendo la convivencia. Está acotando el perímetro de lo decible. Y cuando un presidente decide qué es odio y qué no, la libertad de expresión deja de ser un derecho para convertirse en un permiso revocable unilateral y arbitrariamente por un tirano en ciernes.


Decir “odio a Pedro Sánchez” no es delito. Pretender que el Estado lo mida, lo cuantifique y lo use como excusa para regular el debate público y censurar el derecho a la información sí es un serio aviso de autoritarismo blando. No podemos olvidar que las dictaduras en este siglo ya no necesitan tanques, les basta con una buena huella digital del pensamiento incómodo, de lo políticamente incorrecto para etiquetar enemigos y, una vez identificados, justificar la represión y el ostracismo sobre ellos. Y esa huella antiliberal, una vez impresa, es muy difícil de borrar. 

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