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EMPLEO

Desconvocada la huelga en las gasolineras para el puente de mayo

CC OO y UGT alcanzan un acuerdo con la patronal con la mediación del SIMA

MurciaEconomía Jueves, 23 de Abril de 2026 Tiempo de lectura:
Imagen de archivo.Imagen de archivo.

Finalmente, no habrá huelga en las gasolineras en el puente de mayo. UGT FICA y CC OO Industria habían convocado paros los días 30 de abril y 3 de mayo. Sin embargo, han anunciado a través de un comunicado que ayer alcanzaron un "acuerdo histórico en el convenio de estaciones de servicio" durante la mediación celebrada en el SIMA, con incrementos salariales del 6,4% durante los tres años de convenio, garantía de IPC, reducción de jornada y mejoras laborales, lo que permite desconvocar la huelga prevista para el puente de mayo.

 

UGT y CCOO aseguran que han logrado cerrar lo que consideran un "acuerdo clave" en el marco de la mediación desarrollada en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), desbloqueando la negociación y consolidando avances decisivos en salarios y derechos para las personas trabajadoras del sector.

 

El acuerdo fija subidas salariales del 3,4% en 2025, del 2% en 2026 y del 1% en 2027, todos ellos con efectos retroactivos desde el 1 de enero de cada año, alcanzando una subida acumulada del 6,4%. Además, incorpora una cláusula de revisión salarial para 2026 y 2027 que garantiza el IPC real, hasta el 6% anual y sin revisión a la baja.

 

En materia de tiempo de trabajo, el acuerdo también logra la reducción de la jornada anual durante toda la vigencia del convenio. Asimismo, mejora distintos complementos: el plus festivo se incrementa en 2 euros desde 2026, el plus de distancia alcanzará los 0,13 euros en 2027, el quebranto de moneda se sitúa en 667 euros anuales en 2026 y 2027, y el plus de limpieza tendrá un mínimo de 30 euros.

 

En el ámbito social, actualiza la regulación de la jubilación anticipada, facilitando su acceso hasta un mes antes de la jubilación ordinaria y reorganizando el cobro de las primas en cuatro periodos semestrales. También refuerza las garantías laborales con la obligatoriedad de una audiencia previa de hasta cinco días hábiles antes de cualquier despido.

 

El convenio incorpora nuevas regulaciones en el régimen de faltas, vinculadas al registro de jornada y la comunicación de ausencias, siempre bajo el principio de que las empresas deben garantizar los medios necesarios.

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