Imagen de archivo.Giro histórico en la regulación del transporte aéreo europeo. Los negociadores del Consejo y del Parlamento Europeo han sellado un acuerdo político definitivo para reformar el reglamento de los derechos de los pasajeros, un documento que permanecía encallado desde hacía una década. La propuesta ha recibido el visto bueno del comité de conciliación que representa a los Estados miembros, a pesar del voto en contra de España y Letonia, y las abstenciones de Finlandia y Austria.
A falta del trámite formal en el Parlamento Europeo, el nuevo marco normativo —que entrará en vigor doce meses después de su adopción definitiva— busca aportar mayor claridad a las reclamaciones, proteger a los colectivos vulnerables y aumentar la transparencia en los precios de los billetes.
Uno de los grandes logros del Parlamento Europeo durante la negociación ha sido frenar el intento de los Gobiernos de rebajar las compensaciones. La reforma mantiene intactos los umbrales económicos actuales. De este modo, los viajeros mantendrán el derecho a reclamar indemnizaciones a partir de las tres horas de demora bajo el siguiente baremo de distancias:
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250 euros para rutas de hasta 1.500 kilómetros.
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400 euros para trayectos internos de la UE o de entre 1.500 y 3.500 kilómetros.
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600 euros para el resto de vuelos de larga distancia.
Adiós al recargo por asientos familiares; luz verde a cobrar la maleta de cabina
La nueva legislación introduce importantes avances sociales. Las compañías aéreas tendrán estrictamente prohibido cobrar un suplemento financiero para garantizar que los menores de edad se sienten junto a sus padres o acompañantes. Asimismo, las familias podrán dejar los carritos de bebé en la puerta del avión y recuperarlos exactamente en el mismo punto al aterrizar, mientras que las personas con movilidad reducida que pierdan un enlace por fallos en la asistencia en tierra tendrán derecho a una indemnización automática.
Sin embargo, el acuerdo flaquea en lo relativo al equipaje. La UE ha renunciado a blindar la gratuidad de la maleta de mano en cabina, a pesar de existir una sentencia previa del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que la avalaba. La norma solo protegerá el derecho a subir gratis un bulto pequeño que quepa bajo el asiento.
A cambio de esta concesión a las aerolíneas, la ley obligará a aplicar el principio de transparencia: el precio inicial del billete deberá incluir por defecto la maleta de cabina, permitiendo aplicar un descuento posterior únicamente a aquellos usuarios que decidan viajar sin ella.







