Las partes suscribieron un 'swap' o permuta de arrendamiento financiero con unas condiciones unilateralmente redactadas por la entidad bancaria
La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso que el Banco Español de Crédito (Banesto) presentó contra la resolución del juzgado de primera instancia de Caravaca de la Cruz que en marzo pasado anuló un contrato de arrendamiento financiero por no haber informado sobre los riesgos de la operación.La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Martínez, señala que el juzgado estimó la demanda presentada por una comunidad de bienes y declaró la nulidad del contrato, suscrito el 31 de julio de 2008, "con la obligación para las partes de restituirse recíprocamente las liquidaciones realizadas en virtud de este producto financiero".
En esta sentencia que se ve ratificada ahora por la Audiencia Provincial, el juzgado acordó igualmente declarar la nulidad de las liquidaciones generadas hasta la fecha e imponer a la parte demandada, el banco, el pago de las costas.
Y añadía que "las partes suscribieron un 'swap' o permuta de arrendamiento financiero, un contrato de adhesión, con unas condiciones unilateralmente redactadas por las entidades bancarias, que, en la fase precontractural, precisa de una información lo suficientemente clara y precisa para que se entienda el producto, y en la fase contractual, claridad, buena fe y justo equilibrio de las prestaciones".
Al desestimar el recurso, la Audiencia indica que "el contrato perjudica de manera clara al cliente en el supuesto de una bajada de tipos de interés, pues siempre tendría que satisfacer el 5,1 por ciento, y se puede sostener que la entidad financiera tenía un mayor conocimiento por los informes y estudios de mercado que regularmente realizan los servicios técnicos" de los bancos.
El tribunal concluye que "no se considera acreditado que los firmantes del contrato fueran informados de manera clara, precisa y en términos comprensibles de las consecuencias perjudiciales que pudieran derivarse de una bajada significativa de los tipos de interés".







