En la fiscalización de los años 2006 y 2007 recomienda también que concrete los objetivos y costes de las investigaciones
El Boletín Oficial del Estado publica hoy el informe del Tribunal de Cuentas sobre la fiscalización de la Universidad de Murcia de los años 2006 y 2007. En sus recomendaciones, se insta a la UMU a que adecue sus recursos humanos a las necesidades reales del servicio que presta y la oferta educativa a la demanda social. Con carácter general, el Tribunal afirma que la UMU presenta "un sobredimensionamiento de la oferta docente frente a la demanda de formación universitaria", y pone la excepción en la rama de Ciencias de la Salud y, en menor medida, de Ciencias Sociales y Jurídicas.
Literalmente, en el informe se indica que "Dada la tendencia decreciente del número de alumnos y su incidencia en la financiación de la Universidad, constituye una circunstancia que debería tener su reflejo en el presupuesto y gasto de la Universidad".
El Tribunal de Cuentas recomienda también que la UMU mejore el control de los proyectos de investigación e implantar un sistema de contabilidad que permita conocer los costes reales de la investigación y concretar los objetivos que persiguen las propias investigaciones.
En cuanto a los contratos, insta a que incluya en los pliegos de cláusulas administrativas la forma o método de valoración de los criterios de adjudicación y de asignación de puntuación a través de los correspondientes baremos.
Puede acceder aquí al informe completo.
Literalmente, en el informe se indica que "Dada la tendencia decreciente del número de alumnos y su incidencia en la financiación de la Universidad, constituye una circunstancia que debería tener su reflejo en el presupuesto y gasto de la Universidad".
El Tribunal de Cuentas recomienda también que la UMU mejore el control de los proyectos de investigación e implantar un sistema de contabilidad que permita conocer los costes reales de la investigación y concretar los objetivos que persiguen las propias investigaciones.
En cuanto a los contratos, insta a que incluya en los pliegos de cláusulas administrativas la forma o método de valoración de los criterios de adjudicación y de asignación de puntuación a través de los correspondientes baremos.
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