La empresa no entregó a los trabajadores afectados toda la documentación
El Tribunal Supremo ha suspendido el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) del primer recurso en relación con despidos que le ha llegado, tras la aprobación de la reforma laboral, debido a que la empresa no entregó a los trabajadores afectados la documentación debida.
La empresa no entregó a los representantes de los trabajadores la documentación exigible en el período de consultas dentro del proceso del ERE, es decir, incumplió un trámite formal, y privó así a los trabajadores de una información suficiente para conocer las causas de los despidos.
El período de consultas es una fase de negociación en la que los trabajadores y la empresa estudian la posibilidad de evitar o reducir los despidos colectivos y atenuar sus consecuencias, mediante el recurso a medidas sociales destinadas a la ayuda o la reconversión de los trabajadores afectados.
La empresa que despedía era 'Talleres López Gallego S.A', de Madrid, junto a otras, y la sentencia recurrida fue del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, cuyo fallo confirma el Supremo.
La empresa no entregó a los representantes de los trabajadores la documentación exigible en el período de consultas dentro del proceso del ERE, es decir, incumplió un trámite formal, y privó así a los trabajadores de una información suficiente para conocer las causas de los despidos.
El período de consultas es una fase de negociación en la que los trabajadores y la empresa estudian la posibilidad de evitar o reducir los despidos colectivos y atenuar sus consecuencias, mediante el recurso a medidas sociales destinadas a la ayuda o la reconversión de los trabajadores afectados.
La empresa que despedía era 'Talleres López Gallego S.A', de Madrid, junto a otras, y la sentencia recurrida fue del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, cuyo fallo confirma el Supremo.



